AAP Guadalajara 306/2011, 23 de Diciembre de 2011

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ
ECLIES:APGU:2011:349A
Número de Recurso329/2011
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución306/2011
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

AUTO: 00306/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de GUADALAJARA

Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Telf: 949-20.99.00

Fax: 949-23.52.24

Modelo: 662000

N.I.G.: 19130 37 2 2011 0100488

ROLLO: APELACION AUTOS 0000329 /2011

Juzgado procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.2 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0001923 /2010

RECURRENTE: Saturnino, Vicente, Rosalia, Carlos Ramón, Jesús Carlos, Ángel Jesús, María Cristina, Arcadio, Azucena, Cesareo, Eduardo, Evelio

Letrado/a: CESAR GARCIAL-VIDAL ESCOLA

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS

D. MANUEL EDUARDO REGALADO VALDÉS

Dª MARIA DEL CARMEN MARTÍNEZ SÁNCHEZ

A U T O Nº 305/11

En GUADALAJARA, a veintitrés de diciembre de dos mil once.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Guadalajara, con fecha 27 de abril de 2010, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Incóense diligencias previas, dando parte de incoación al Ministerio Fiscal. Se decreta el sobreseimiento libre y el archivo de estas actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes personadas, por la representación letrada de Saturnino, Vicente, Rosalia, Carlos Ramón, Jesús Carlos, Ángel Jesús, María Cristina, Arcadio, Azucena, Cesareo, Eduardo y Evelio, se presentó recurso de apelación contra la misma. Admitido que fue, puesta de manifiesto la causa a las demás partes, se remitieron las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso, celebrándose la deliberación y fallo el día 21 de diciembre.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar resolución.

Siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA DEL CARMEN MARTÍNEZ SÁNCHEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de abril de 2010 se dicta en las presentes actuaciones auto en el que se acuerda el sobreseimiento libre de estas actuaciones y en consecuencia su archivo al considerarse que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción criminal. Contra dicha resolución se interpone recurso de reforma y subsidiario de apelación, considerando que existe vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por falta de motivación y que los hechos denunciados son suficientemente graves para continuar con la tramitación de la causa, y así perturbación en la posesión de unos arrendatarios, es decir, coacción e incluso daños, y también delito contra el medioambiente ya que se ha convertido el terreno en baldío, además de haberse cometido por el Ayuntamiento denunciado distintas irregularidades administrativas, en concreto en el proceso de adjudicación de obras en dichos terrenos, solicitando las práctica de diligencias de instrucción entre las que se encuentra que se reciba declaración como imputado al alcalde saliente de la localidad, don Cornelio . El Ministerio Fiscal interesa la desestimación del recurso al entender, al igual que la Juez, que los hechos no pertenecen a la esfera penal, y por auto de 21 de enero de 2011 se desestima el recurso de reforma, insistiendo en el carácter no penal de la cuestión y remitiendo a los denunciantes a la correspondiente vía, penal o contenciosa, para dilucidar la misma, y en consecuencia dejando abierta la vía del recurso de apelación interpuesto con carácter subsidiario, y solicitando en fase de alegaciones nuevas pruebas, incluida la testifical como imputado del representante legal de EPSA, empresa que ha efectuado trabajos en los terrenos. El Ministerio Fiscal interesa la desestimación.

SEGUNDO

El sobreseimiento de actuaciones es una resolución judicial por la que se suspende el proceso penal, bien de una manera provisional o bien de una manera definitiva, habiendo sido declarada su legitimidad por el Tribunal...

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