SAP Zamora 107/2011, 30 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución107/2011
Fecha30 Diciembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZAMORA

SENTENCIA: 00107 /2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

ZAMORA

-------------- Nº Rollo : 61/2011

Nº. Procd. : PA 19/2010

Hecho

Robo con fuerza en casa habitada

Procedencia: Juzgado de lo Penal de Zamora

------------------------------------------------- Presidente Ilmo. Sr.

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA

Magistrados Ilmos. Srs.

D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN

Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ

------------------------------------------------ El Tribunal de esta Audiencia Provincial, compuesto por D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA, como Presidente, D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN y Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrados, ha pronunciado

EN NO MBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA Nº 107

En Zamora a 30 de diciembre de 2011.

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en la precedentes diligencias del Procedimiento Abreviado número 19/2010, procedentes del Juzgado de lo Penal de Zamora, contra el acusado Eutimio, representado por el Procurador Sr. Robledo Navais y asistido del Letrado Sra. Alberca Martín, en cuyo recurso son partes como apelante el acusado y como apelado el Ministerio Fiscal; y ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

antecedentes de hecho

PRIMERO

Con fecha 25/4/2011, por el Sr. Magistrado del Juzgado de lo Penal de esta ciudad se dictó sentencia en los autos originales de los que el presente rollo dimana y en cuyos hechos probados literalmente se dice: "Que el día 11 de marzo de 2009, sobre las 3:00 horas, Eutimio, mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, en compañía de otro individuo, procedió, con la intención de obtener un inmediato e ilícito beneficio patrimonial, a escalar a través de la pared exterior de la vivienda habitual de Sabino, sita en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Zamora, para, a través de una terraza con comunicación tanto con la vivienda como con un local situado encima de aquélla, acceder a dicho local, haciendo suyos un total de setenta chorizos y tres jamones ibéricos, siendo posteriormente los chorizos recuperados por su propietario una vez hallados en un descampado próximo a su domicilio donde habían sido escondidos, y habiendo sido indemnizado por su compañía aseguradora por los jamones sustraídos y no recuperados, no constando la participación del acusado Juan Manuel en los referidos hechos".

SEGUNDO

En dicha sentencia se contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Eutimio como criminalmente responsable, en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de robo con fuerza en casa habitada, previsto y penado en los arts. 237, 238.1º y 241 del C.P. a la pena de dos años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de la mitad de las costas procesales. Que debo absolver y absuelvo a Juan Manuel del delito de robo con fuerza de que venía acusado, declarando la mitad de las costas de oficio. Hágase entrega definitiva a su propietario de los efectos sustraídos y recuperados".

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de Eutimio se presentó recurso de apelación, en base a las alegaciones que constan en el mismo y que se dan por reproducidas. Dado traslado del mismo a las demás partes para alegaciones, por el Ministerio Fiscal fue impugnado el mismo, en base a las alegaciones que constan en su escrito y se dan por reproducidas, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo y turnado de ponencia, se señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, habiéndose observado en este procedimiento las formalidades legales en ambas instancias.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO .- Se aceptan los hechos probados de la Sentencia objeto de recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Sentencia objeto de recurso es la dictada por la Magistrada Juez de lo Penal en fecha 25-4-2011, en el Procedimiento Abreviado 19/2010, por la que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR