SAP Zamora 107/2011, 30 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 107/2011 |
Fecha | 30 Diciembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
ZAMORA
SENTENCIA: 00107 /2011
AUDIENCIA PROVINCIAL
ZAMORA
-------------- Nº Rollo : 61/2011
Nº. Procd. : PA 19/2010
Robo con fuerza en casa habitada
Procedencia: Juzgado de lo Penal de Zamora
------------------------------------------------- Presidente Ilmo. Sr.
D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA
Magistrados Ilmos. Srs.
D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN
Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ
------------------------------------------------ El Tribunal de esta Audiencia Provincial, compuesto por D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA, como Presidente, D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN y Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrados, ha pronunciado
EN NO MBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA Nº 107
En Zamora a 30 de diciembre de 2011.
En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en la precedentes diligencias del Procedimiento Abreviado número 19/2010, procedentes del Juzgado de lo Penal de Zamora, contra el acusado Eutimio, representado por el Procurador Sr. Robledo Navais y asistido del Letrado Sra. Alberca Martín, en cuyo recurso son partes como apelante el acusado y como apelado el Ministerio Fiscal; y ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, quien expresa el parecer de la Sala.
antecedentes de hecho
Con fecha 25/4/2011, por el Sr. Magistrado del Juzgado de lo Penal de esta ciudad se dictó sentencia en los autos originales de los que el presente rollo dimana y en cuyos hechos probados literalmente se dice: "Que el día 11 de marzo de 2009, sobre las 3:00 horas, Eutimio, mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, en compañía de otro individuo, procedió, con la intención de obtener un inmediato e ilícito beneficio patrimonial, a escalar a través de la pared exterior de la vivienda habitual de Sabino, sita en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Zamora, para, a través de una terraza con comunicación tanto con la vivienda como con un local situado encima de aquélla, acceder a dicho local, haciendo suyos un total de setenta chorizos y tres jamones ibéricos, siendo posteriormente los chorizos recuperados por su propietario una vez hallados en un descampado próximo a su domicilio donde habían sido escondidos, y habiendo sido indemnizado por su compañía aseguradora por los jamones sustraídos y no recuperados, no constando la participación del acusado Juan Manuel en los referidos hechos".
En dicha sentencia se contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Eutimio como criminalmente responsable, en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de robo con fuerza en casa habitada, previsto y penado en los arts. 237, 238.1º y 241 del C.P. a la pena de dos años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de la mitad de las costas procesales. Que debo absolver y absuelvo a Juan Manuel del delito de robo con fuerza de que venía acusado, declarando la mitad de las costas de oficio. Hágase entrega definitiva a su propietario de los efectos sustraídos y recuperados".
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de Eutimio se presentó recurso de apelación, en base a las alegaciones que constan en el mismo y que se dan por reproducidas. Dado traslado del mismo a las demás partes para alegaciones, por el Ministerio Fiscal fue impugnado el mismo, en base a las alegaciones que constan en su escrito y se dan por reproducidas, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo y turnado de ponencia, se señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, habiéndose observado en este procedimiento las formalidades legales en ambas instancias.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO .- Se aceptan los hechos probados de la Sentencia objeto de recurso.
La Sentencia objeto de recurso es la dictada por la Magistrada Juez de lo Penal en fecha 25-4-2011, en el Procedimiento Abreviado 19/2010, por la que...
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