SAP Ávila 192/2011, 29 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 192/2011 |
Fecha | 29 Diciembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
SENTENCIA: 00192/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de AVILA
Domicilio: -Telf: PL/ DE LA SANTA NÚM 2
TFNO: 920-21.11.23
FAX: 920-25.19.57
MODELO.: 213100
NIG: 05019 37 2 2011 0100632
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000266 /2011
organo de origen: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ARENAS DE SAN PEDRO
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000012 /2008
RECURRENTE: Vicente
PROCURADOR: CARLOS LUIS SACRISTAN CARRERO
LETRADO: ESTEBAN LEON GONZALEZ
RECURRIDO: MINISTERIO FISCAL
Letrado/a:
SENTENCIA NÚM. 192/11
Ilmos. Sres:
Presidenta:
DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ
Magistrados:
DON JESÚS GARCÍA GARCÍA
DOÑA FRANCISCA JUÁREZ VASALLO
Avila, a veintinueve de diciembre de dos mil once.
Visto ante la Sala de lo Penal de esta Audiencia Provincial, la Causa nº 3/09 en grado de apelación dimanante del procedimiento abreviado 12/08 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Arenas de San Pedro de Avila, Rollo 266/11, por delito de robo con fuerza, siendo parte apelante D. Vicente representado por el Procurador D. Carlos Luis Sacristán Carrero, y parte apelada el Ministerio Fiscal. Ha sido designado Magistrado Ponente Dª.FRANCISCA JUÁREZ VASALLO.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal de Ávila se dictó sentencia el 6 de junio de 2011 declarando probados los siguientes hechos: "Probado y así se declara que el acusado, Vicente, mayor de edad y sin antecedentes penales, en la semana del 7 al 13 de abril de 2008 residía en un apartamento sito en la urbanización " DIRECCION000 " de la localidad de la Adrada (Avila) al haberlo cogido en el mismo la joven Joaquina, que, asimismo, lo venía ocupando.
Aprovechando esta circunstancia, Vicente, con evidente propósito de obtener un beneficio ilícito en esos días, tras forzar una de las ventanas de un local comercial sito en los bajos de aquel apartamento,-local propiedad de Vicenta - accedió a su interior y se apoderó, a continuación, de varios efectos como dos lámparas, dos altavoces, y varias botellas de bebidas alcohólicas, que traslado hasta el apartamento que ocupaba con la susodicha Joaquina y que luego fueron recuperados.
Asimismo, en tales días atravesando el tejado del edificio que se dice, y fracturando una de las ventanas, accedió a otro apartamento de dicho edificio, que poseía en alquiler Eulalia, y apoderarse de una televisión, marca Toshiba de 25 pulgadas, el mando del televisor y el mando de video marco JVC, así como de diferentes productos de alimentación.
Del mismo modo, a través del tejado y fracturando varias ventanas, accedió al interior de otros apartamentos del mismo edificio, sin conseguir apoderarse de nada."
Y cuyo fallo dice lo siguiente: "Que debo condenar y condeno al acusado, Vicente, como autor directamente responsable de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, en casa habitada, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; condenándole, asimismo, al pago de las costas procesales causadas y a que abone en concepto de indemnización de daños y perjuicios, a Vicenta la suma en que se tasen en ejecución de sentencia los desperfectos causados a su inmueble y a Eulalia la suma en que se tasen en ejecución de sentencia los objetos de sus propiedad que le fueron sustraídos y no recuperados, con los intereses legales correspondientes".
Dicha Sentencia se recurrió en apelación por la representación procesal de Vicente, elevándose los autos a esta Audiencia, pasándose al Ponente.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
I I - HECHOS PROBADOS
Se aceptan y dan por reproducidos los hechos declarados probados en la Sentencia de instancia.
I I
Se aceptan los de la resolución impugnada.
Se alza en apelación la representación procesal de Vicente contra la sentencia que le condena como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, en casa habitada, a la pena de dos años y seis meses de prisión. Alega como único motivo la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado, al no haberse practicado en el plenario prueba de cargo bastante para acreditar su culpabilidad.
El Ministerio Fiscal interesa la...
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