SAP Ávila 256/2011, 27 de Diciembre de 2011
Ponente | JESUS GARCIA GARCIA |
ECLI | ES:APAV:2011:424 |
Número de Recurso | 318/2011 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 256/2011 |
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
SENTENCIA: 00256/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha pronunciado
EN NO MBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A N Ú M: 256/2011
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRÍSIMOS SRES.
PRESIDENTE EN FUNCIONES
DON JESÚS GARCÍA GARCÍA
MAGISTRADOS
DON LUIS CARLOS NIETO GARCÍA
DOÑA FRANCISCA JUÁREZ VASALLO
En la ciudad de Ávila, a veintisiete de Diciembre de dos mil once.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 55/2011, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº1 DE ÁVILA, RECURSO DE APELACIÓN Nº 318/2011, entre partes, de una como recurrente JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE ÁVILA, dirigida por el LETRADO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, y de otra como recurridos, CONSTRUCCIONES NORMALIZADAS, S.A, representada por el Procurador D. CARLOS SACRISTÁN CARRERO y dirigida por el Letrado D. LUIS DE ALBA CARO y DÍAZ SEGOVIA OBRAS Y REFORMAS, S.L., representada por el Procurador D. FERNANDO LÓPEZ DEL BARRIO y dirigida por el Letrado D. IGNACIO SORIANO CEA.
Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. DON JESÚS GARCÍA GARCÍA.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE ÁVILA, se dictó sentencia de fecha 18 de Julio de 2011, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Se estima la demanda interpuesta por el procurador Sr. Sacristán Carrero, en nombre y representación de la mercantil HORMIGONES ADAJA S.A. frente a la entidad DÍAZ SEGOVIA OBRAS Y REFORMAS S.L, que actuó representada por el Procurador Sr. López del Barrio, y frente a la JUNTA DE CASTILLA y LEÓN, DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE ÁVILA, asistido del Letrado Sr. Vela Cidad, debo condenar y condeno a DÍAZ SEGOVIA OBRAS Y REFORMAS S.L. al pago de nueve mil veintiséis euros con seis céntimos de euro (9.026,06 euros) y solidariamente a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE ÁVILA, hasta la cantidad que ésta adeude a aquella a la fecha de la reclamación extrajudicial, más los intereses legales correspondientes en los términos recogidos en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, con imposición de las costas procesales a las demandadas".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para deliberación, votación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
Recurre la Sentencia estimatoria de instancia el Sr. Letrado de la Comunidad de Castilla y León quien pide su revocación y pide se absuelva a su representada de los pedimentos que realizó la actora de primer grado Construcciones Normalizadas S.A.
La citada entidad, llamada antes Hormigones Adaja S.A. reclamó de las demandadas Díaz Segovia Obras y Reformas S.L., y de la Junta de Castilla y León, Dirección Provincial de Educación de Ávila, la cantidad de 9.026,06 eur.
El citado importe tiene su origen en el suministro que Hormigones Adaja S.A. había realizado de hormigón, desplazamiento de bomba nº 84 y el bombeo a la obra que la mercantil Díaz Segovia Obras y Reformas S.L. estaba realizando en Arévalo (Ávila) en la C/ Descalzos nº 87, para la ampliación de cuatro unidades y comedor en el Colegio Público La Moraña, dependiente de la Dirección Provincial de Educación de la Junta de Castilla y León.
Consta acreditado el recibo de la mercancía con la aportación, junto a la demanda, de 18 albaranes acreditativos con la firma correspondiente, del recibo por parte de la mercantil Obras y...
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