AAP Ávila 38/2012, 6 de Marzo de 2012

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2012:43A
Número de Recurso48/2012
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución38/2012
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUTO Nº 38/12

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTA :

DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ

MAGISTRADOS:

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DOÑA FRANCISCA JUÁREZ VASALLO

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En Ávila, a 6 de marzo de 2012.

Dada cuenta, visto por la Sala lo actuado;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de Instrucción nº 1 de Ávila se siguen Diligencias Previas 1465/2008 en las cuales se ha dictado auto de fecha 11 de abril de 2011, por el que se desestima el recurso de reforma interpuesto contra el auto de fecha 10 de diciembre de 2010.

SEGUNDO

Por la representación procesal de Eusebio y Jon, se interpuso recurso de reforma y contra el auto de 11 de abril de 2011 que resolvía dicho recurso, se interpuso recurso de apelación por la misma representación procesal.

TERCERO

Recibidas las diligencias en esta Sala, por providencia de fecha 8 de febrero de 2012 se ordenó formar rollo, designándose magistrado Ponente a D. JESÚS GARCÍA GARCÍA, quien tras la oportuna deliberación expresa el criterio unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la defensa de los denunciantes Eusebio y Jon el auto dictado por la Instructora de fecha 11 de Abril de 2011, en el que desestimó el recurso de reforma que dicha parte había interpuesto contra el auto de fecha 10 de Diciembre de 2010 en el que decretó el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones.

Para la debida comprensión de lo que se solicita, conviene tener presente los datos suministrados por la parte que recurre, en su denuncia.

- En efecto, en ésta se indica que la Sociedad Sangregoman Promociones Inmobiliarias S.L. está constituida facticamente por dos Sociedades: Inmogesta Finanzas SLU y la mercantil Promociones y Construcciones Sangrego S.L.

De Inmogesta Finanzas SLU es administrador y accionista el hijo del denunciado Secundino, siendo también apoderado el denunciado Juan María . La Sociedad Sangrego está constituida por sus administradores solidarios, aquí denunciantesrecurrentes Eusebio y Jon .

-La Sociedad Sangregoman fue constituida en Cartagena en escritura de fecha 6 de Septiembre de 2005 (Notario D. Jesús de la Fuente Galán, nº de Protocolo 1.865).

-La expresada Sociedad promovió la construcción de un solar que adquirió en Navalperal de Pinares, en la Avda. de Ávila con la C/ Hermanos Machado, de 14 viviendas unifamiliares adosadas con garaje y trasteros.

-Las entidades Sangrego e Inmogesta (que como se ha dicho constituyen la de Sangregoman), compraron por mitad y en proindiviso el solar, y para su pago obtuvieron de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Salamanca, y después Caja Duero, un préstamo con garantía hipotecaría por un total de

2.133.566,27 euros, y que según los denunciantes, utilizaron 2.079.216.

-El solar se adquirió por ambas entidades en un 50% y en proindiviso, en fecha 25 de Octubre de 2005.

-La obra prácticamente se finalizó, habiéndose extendido el último certificado en Abril de 2008, considerando la dirección facultativa que se había realizado en un 97,63% del total.

-La Promotora fue la mercantil Sangregoman Promociones Inmobiliarias S.L, y la constructora, en principio, fue la mercantil Desarrollo del Adriático S.L., según contrato celebrado entre ambas el 12 de Julio de 2.006.

Como según los denunciantes la constructora utilizaba una mala praxis y la tenía retrasada, se resolvió el contrato a la Constructora citada el 20 de Junio de 2.007, y en esa fecha, continuó como Constructora la mercantil Promociones y Construcciones Sangrego S.L., siendo esta última una de las empresas que constituye Sangregoman S.L.

-A partir de 25 de Junio de 2007, la nueva constructora Sangrego S.L. subcontrató a la mercantil Javiveba S.L.; el 28 de Junio de 2007 a Aguado y Hernández Instalaciones y Reformas Eléctricas; el 1 de septiembre de 2007 a Edmundo para yeso y enlucido; el 18 de Septiembre de 2007 Herbecar S.L. para carpintería exterior y cerrajería; el 2 de Noviembre de 2007 a los servicios de vigilancia de la obra; el 6 de Noviembre de 2007 a la mercantil Sociedad Frava SLU de revestimientos y revocos; y el 26 de Diciembre de 2007 a la Sociedad Madera y Decoración Ávila S.L. para solados etc.

-La imputación que realizan los denunciantes al denunciado Juan María, como Administrador de hecho de la mercantil Sangregoman Promociones Inmobiliarias S.L., que, no se olvide, era la Promotora de las viviendas que se construían, es por los delitos de apropiación indebida, alzamiento de bienes, falsedad y administración desleal, porque dispuso y se apropió de importes obtenidos por certificaciones y por ventas, no siendo destinadas a sufragar la construcción y terminación de la obra.

-Según la parte denunciante la mercantil Sangregoman Promociones Inmobiliarias (Promotora), resolvió el contrato de construcciones que le vinculaba con la mercantil Sangrego S.L. (Constructora) el 27 de Agosto de 2007, afirmando los denunciantes que la mercantil Constructora Sangrego S.L. no percibió cantidad alguna; que Sangregoman S.L. fue vendiendo durante la construcción diferentes apartamentos desde el 26 de Julio de 2006 a 29 de Junio de 2007; que se liquidó la obra el 27 de Agosto de 2007; y que el 29 de Mayo de 2008 se le expidió un certificado acerca de las viviendas y departamentos vendidos por el denunciado.

A la entidad Sangregoman S.L. se le...

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