SAP Murcia 1/2012, 12 de Enero de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Enero 2012 |
Número de resolución | 1/2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00001/2012
Ilmos. Sres.:
Doña María Jover Carrión
Presidenta
Don Juan del Olmo Gálvez
Don Augusto Morales Limia
Magistrados
SENTENCIA Nº 1/2012
En la Ciudad de Murcia, a doce de enero de dos mil doce.
Vista en juicio oral y público ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia la causa a que se refiere el presente Rollo nº 100/2011, dimanante del Procedimiento Abreviado iniciado por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Murcia con el nº 140/2011, por presunto delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas, en el que figura como acusado Clemente, nacido en Madrid el 30 de agosto de 1983, hijo de Manuel y de Dolores, con domicilio en CALLE000 nº NUM000, Torrevieja (Alicante), con D.N.I. Nº NUM001, sin antecedentes penales, no constando su solvencia y en prisión provisional por esta causa ( en la que está privado de libertad desde el 16 de mayo de 2011 ), representado por la Procuradora Sra. Carrillo López y defendido por el Letrado Sr. Martín Cano.
Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª Mercedes Soler.
Es Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan del Olmo Gálvez, quien expresa el parecer de la Sala.
El Juzgado de Instrucción Nº 3 de Murcia dictó auto de fecha 11 de octubre de 2011, en cuya virtud acordó seguir el trámite establecido en el Capítulo II del Título III, Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dando traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, que solicitó la apertura de juicio oral acompañando el correspondiente escrito de acusación.
Por auto de 7 de noviembre de 2011 el Instructor acordó la apertura del juicio oral, con adopción de las medidas cautelares oportunas, dando traslado de todo ello al acusado a fin de que en plazo legal presentara escrito de defensa; y, una vez efectuado, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Murcia, siendo turnadas a esta Sección Tercera.
Por auto de 16 de diciembre de 2011 se resolvió sobre admisión y práctica de las pruebas propuestas por las partes, señalándose por providencia de 19 de diciembre de 2011 el día 11 de enero de 2012 para eventual vista de conformidad del juicio oral. El 11 de enero de 2012 ha tenido lugar la vista antedicha, con cumplimiento de las prescripciones legales, de conformidad.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones formuladas al inicio de la vista oral, ha precisado su escrito de acusación, considerando que los hechos serían constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal, párrafo primero, inciso primero (drogas que causan grave daño a la salud).
Se estima responsable del mismo en concepto de autor a Clemente .
No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Procede imponer al acusado la pena de 3 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 21.244,28 euros (el valor de la droga intervenida), con la responsabilidad personal subsidiaria de seis meses en caso de impago; así como al pago de las costas causadas, y el comiso de la droga intervenida.
La Defensa, en sus conclusiones al inicio de la vista oral se ha adherido a la acusación formulada, prestando su...
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...no imputables a los acusados . 3) Humberto fue detenido en mayo de 2011 y fue condenado, con su conformidad, por la Audiencia Provincial de Murcia, en Sentencia 1/2012 de 12/011/12, por un delito contra la salud pública, sin concurrir circunstancias modificativas de responsabilidad criminal......