AAP Castellón 18/2012, 17 de Enero de 2012

PonenteESTEBAN SOLAZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2012:8A
Número de Recurso925/2011
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución18/2012
Fecha de Resolución17 de Enero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN PRIMERA

Rollo de Apelación Penal Núm. 925 del año 2.011.

Ejecutoria Núm. 455 del año 2.009.

Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Castellón.

AUTO Nº 18

Iltmos. Señores.:

Presidente:

Don CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

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En la ciudad de Castellón, a diecisiete de enero de dos mil doce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal Núm. 925 del año 2011, incoado en virtud del recurso interpuesto contra el Auto dictado el día 17 de mayo de 2011 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Castellón, en la Ejecutoria Núm . 455 del año 2.009 abierta en dicho Juzgado.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, el condenado Emilio, representado por el Procurador Don Pablo Medina Aína y dirigido por el Abogado Don Gerard Amigo Bido, y como APELADOS, el Ministerio Fiscal representado por el Sr. Fiscal Don Vicente M. Escribá Félix, y Banque Psa Finance Holding, representada por la Procuradora Doña María Ángeles D#Amato Martín y defendida por el Abogado Don Mario Mollá Llosa, y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la ejecutoria de referencia, con fecha 17 de mayo de 2011 se dictó Auto cuya parte dispositiva era del siguiente tenor literal: "SE DENIEGA LA SUSPENSIÓN de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta a Emilio, de conformidad con lo dispuesto en los razonamientos jurídicos de la presente resolución."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a la partes, se admitió a trámite el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del penado Emilio, que se impugnó por el Ministerio Fiscal y Banque Psa Finance Holding, con remisión de testimonio de la ejecutoria a la Audiencia Provincial de Castellón para su resolución.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia Provincial, se turnaron a esta Sección Primera, donde se incoó el correspondiente Rollo de apelación penal, tramitándose el recurso, tras lo cual se señaló para la deliberación y votación del Tribunal el pasado día 13 de enero de 2012, a las 9#30 horas en que ha tenido lugar.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado, en lo esencial, todas las prescripciones y formalidades legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre el penado Emilio la resolución dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Castellón que denegaba la petición de suspensión de la ejecución de la pena de dos años de prisión por la comisión de un delito de asociación ilícita y de dos años y siete meses por la comisión de un delito continuado de falsedad en concurso con otro también continuado de estafa conforme a lo dispuesto en el art. 80.4 CP, y lo hace interesando de este Tribunal su revocación y el dictado de otra nueva resolución por la que se le conceda la suspensión de la citada condena, alegando en apoyo de su pretensión revocatoria los mismos argumentos que ya puso de manifiesto al Juzgado de la ejecutoria y que no son otros que la de padecer unas enfermedades crónicas y graves y que su ingreso en prisión agravaría dicha situación, a lo que hay que unir la edad del recurrente (66 años). Solicitud revocatoria a la que se ha opuesto el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular constituida por Banque Psa Finance Holding, que interesan la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.

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