SAP Murcia 57/2011, 2 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Febrero 2011
Número de resolución57/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00057/2011

SENTENCIA Nº 57/11

ILMOS SRES

D. Fernando López del Amo González

Presidente

Dª. Mª Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a dos de febrero de dos mil once.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Cambiario núm. 974/2008, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. ocho de Murcia, entre las partes, como actora y demandada de oposición Cambiaria, y en esta alzada apelada, B.B.V.A., S.A., representada por el Procurador Sr. Bueno Sánchez, y defendida por el Letrado Sr. Benítez-Alahija Sánchez, y como demandada y demandante de oposición cambiaria, y en esta alzada apelante, Cristalerías Corbalán S.L., representada por el Procurador Sr. Iniesta Sánchez, y defendida por el Letrado Sr. Ruiz García (en la vista Sra. Garrido Campuzano), siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Cayetano Blasco Ramón, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 17 de marzo de 2009, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: "Que desestimando la demanda de oposición formulada por la Procuradora Dª. Noelia Barceló Pérez, en nombre de "Cristalerías Corbalán S.L.", frente a la demanda de juicio cambiario interpuesta por el Procurador D. Francisco Bueno Sánchez, en nombre y representación de "Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A.", debo ratificar y ratifico las medidas acordadas en el auto de 17 de octubre de 2008, continuando el presente procedimiento su tramitación ordinaria, con imposición de las costas procesales a la parte demandante de oposición".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada y a su vez demandante de oposición, siéndole admitido, y tras los trámites previstos en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia, formándose el presente Rollo por la Sección Primera con el núm. 528/2010, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose vista para el día 2 de febrero de 2011, con el resultado que consta en acta.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso de apelación "Cristalerías Corbalán S.L." alegando, en primer lugar, la excepción de falta de legitimación del tenedor por ineficacia del endoso al no cumplir los requisitos legales para su validez, en segundo lugar la extinción del crédito a raíz de la compensación entre los créditos exigibles entre la apelante y Carpintería Alumínica Auxarquía S.L., a cuyo favor se emite el pagaré, con saldo a favor de la referida apelante, entendiendo que ello queda acreditado con la escritura de dación en pago de un inmueble otorgado por la citada beneficiaria del pagaré como parte de pago de lo debido, no existiendo contradicción de fechas en cuanto que la citada escritura de dación en pago data de 3 de septiembre de 2008, y el vencimiento del pagaré es de fecha 20 de mayo de 2008, argumentando que ningún sentido tendría que en septiembre se realizara dicha escritura donde se establecía una deuda a su favor si le seguía adeudando el pagaré reclamado, considerando que tal alegación se corrobora por el hecho de que en el procedimiento seguido ante el Juzgado de 1ª. Instancia...

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