SAP Zaragoza 79/2011, 21 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución79/2011
Fecha21 Febrero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00079/2011

SENTENCIA NÚMERO SETENTA Y NUEVE

En Zaragoza, a veintiuno de Febrero de dos mil once.

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, constituida a los efectos del presente Rollo de Apelación sólo por el Magistrado de la misma D. Eduardo Navarro Peña, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 11 de Octubre de 2.010 por el Juzgado de Primera Instancia número Diecisiete de los de esta Ciudad en autos de Juicio Verbal seguidos con el número

1.245/2.010, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente Rollo de Apelación número 13/2.011, en el que han sido partes, apelante, la demandante, entidad mercantil GERASPA 2000, S.L., representada por el Procurador D. Pedro Charlez Landívar y asistida de la Letrada Dª. Teresa Obón Avellana, y, apelada, la demandada, entidad mercantil CALDISERMAQ, S.L., representada por la Procuradora Dª. Miriam Borobio Laguna y asistida por el Letrado D. Jorge Civis Valle.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por GERASPA, S.L. contra CALDISERMAQ, S.L., y absuelvo a la demandada de los pedimentos instados en su contra, con expresa imposición en costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la mercantil actora preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por este Tribunal, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda, con los pronunciamientos que le son inherentes.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la entidad demandada, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere e impugnar, en su caso, la sentencia apelada en lo que le pudiese resultar desfavorables, dedujo escrito de oposición al mentado recurso, interesando su desestimación y la confirmación de la sentencia de instancia, con expresa imposición de las costas de la alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales de dicho procedimiento a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, con emplazamiento de las partes.

CUARTO

Recibidos que fueron dichos autos en fecha 18 del pasado mes de Enero, se formó el presente Rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido por sus trámites se acordó por diligencia de ordenación de esa misma fecha quedasen las actuaciones en poder del Magistrado designado para conocer del referido recurso de apelación, a fin de dictar la sentencia resolutoria del mismo.

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente; y

PRIMERO

La parte actora, entidad mercantil Geraspa 2000, S.L., recurre en apelación contra la mentada sentencia de primer grado, que resuelve desestimar la demanda por ella formulada contra la también mercantil Caldysermaq, S.L. en reclamación de la suma de 5.854,33 euros que le adeudaba como parte insatisfecha del pagaré de fecha 30.10.09 que libró a su favor por importe de 9.501,44 euros y vencimiento al 30.01.2.010 para pago de las dos facturas emitidas a cargo de dicha demandada, nº 9-031 y 9-032, por importes respectivos de 8.283,44 euros y 1.218 euros y que correspondían al precio de los trabajos de aplicación de pintura ignífuga, tratamiento intumescente, imprimación y esmaltado encargados por la demandada y realizados por la actora sobre estructura metálica construida por Caldysermaq, S.L. por encargo de una tercera empresa y para ser instalada en la obra en construcción del edificio del Instituto de Medicina Legal de Madrid, al acoger dicha resolución la excepción de defectuoso cumplimiento del citado contrato de obra...

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