SAP Burgos 61/2011, 24 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Febrero 2011
Número de resolución61/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

ROLLO DE SALA NÚM. 29/10

PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 1098/06.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. TRES. BURGOS.

ILMO. SR. MAGISTRADOS:

D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

D. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN.

D. ROGER REDONDO ARGÜELLES.

S E N T E N C I A NUM.00061/2011

En Burgos, a veinticuatro de Febrero de dos mil once.

Vista ante esta Audiencia Provincial, la causa procedente del Juzgado de Instrucción núm. Tres de Burgos, seguida por delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, contra Cornelio . con DNI. núm. NUM000, nacido el 11 de Abril de 1.980, hijo de Gregorio y de Julia, natural de Burgos y vecino de la localidad de Cogollos (Burgos), con último domicilio conocido en CALLE000, núm. NUM001, Bloque NUM001, Portal NUM002, con antecedentes penales y en libertad por la presente causa, habiendo sufrido prisión provisional por resolución judicial desde el 30 de Mayo al 12 de Diciembre de 2.006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Belén Juarros González y asistido del Letrado D. Dionisio Montoya; Melchor, con DNI. núm. NUM003, nacido el 27 de Agosto de 1.974, hijo de Gabriel y de Isabel, natural de Madrid y vecino de Fuenlabrada (Madrid), con último domicilio conocido en Avda. DIRECCION000, núm. NUM004, NUM005, NUM006, sin antecedentes penales y en libertad por la presente causa, habiendo sufrido prisión provisional por resolución judicial desde el 15 de Mayo hasta el 18 de Diciembre de 2.006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes Manero Barriuso y asistido del Letrado D. Francisco Javier Miranda Esteban; Alberto, con DNI. núm. NUM007, nacido el 7 de Abril de 1.974, hijo de César y de María de la Luz, natural y vecino de Burgos, con último domicilio en CALLE001, núm. NUM008, NUM008, NUM009, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, habiendo sufrido prisión provisional por resolución judicial desde el 15 de Mayo al 19 de Septiembre de 2.006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Teresa Palacios Sáiz y asistido del Letrado D. Ángel de la Fuente Fernández; Hernan, con DNI. núm. NUM010, nacido el 12 de Junio de 1.979, hijo de José y de María de la Soledad, natural de Bilbao y vecino de Villadiego (Burgos), con último domicilio conocido en CALLE002, núm. NUM008, NUM011, NUM012 ., con antecedentes penales y en libertad por esta causa, de la que no fue privado en ningún momento por resolución judicial, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Victoria Llorente Celorrio y asistido del Letrado D. Francisco Javier Miranda Esteban; Carlos Manuel, con DNI. núm. NUM013, nacido el 13 de Diciembre de 1.980, hijo de José Antonio y de Lucía, natural de Reus (Tarragona) y vecino de Burgos, con último domicilio conocido en CALLE003, núm. NUM014, NUM015, NUM012 ., sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, de la que no fue privado en ningún momento, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de la Concepción Santamaría Alcalde y asistido del Letrado D. Francisco Javier Miranda Esteban; Doroteo, con DNI. núm. NUM016, nacido el 8 de Abril de 1.969, hijo de Antonio y de Susana, natural de la República Dominicana y vecino de Burgos, con último domicilio conocido en CALLE004, núm. NUM017, NUM018

, NUM006, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, habiendo sufrido prisión provisional por resolución judicial desde el 15 de Mayo de 2.006 al 2 de Enero de 2.007, representado por el Procurador de los Tribunales S. Sigfredo Pérez Iglesias y asistido del Letrado D. Pablo Hernando Lara; Remigio, con DNI. núm. NUM019, nacido el 26 de Octubre de 1.978, hijo de Luis y de Lucía, natural y vecino de Burgos, con último domicilio conocido en CALLE005, núm. NUM020, NUM021, NUM022, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, habiendo sufrido prisión provisional por resolución judicial el día 16 de Mayo de 2.006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Diana Cariacedo González y asistido del Letrado D. Eduardo Pérez Fadón; y Benedicto, con DNI. núm. NUM023, nacido el 13 de Septiembre de 1.978, hijo de Manuel y de Consuelo, natural de Alcalá de Henares y vecino de Leganés (Madrid), con último domicilio conocido en CALLE006, núm. NUM018, NUM011, NUM022, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa de la que no fue privado en ningún momento, representado en los autos por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Esteban y asistido del Letrado D. Cesar ; en la que es parte la acusación pública y dichos acusados; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- En Procedimiento Abreviado núm. 1.098/06 del Juzgado de Instrucción núm. Tres de Burgos

están acusados Cornelio ; Benedicto ; Remigio ; Melchor ; Alberto ; Hernan ; Doroteo y Carlos Manuel, y tramitada la causa conforme a ley, se abrió en esta Audiencia el correspondiente rollo de Sala núm. 15/02, señalándose día y hora para la celebración del correspondiente Juicio Oral, en sesiones de 19 y 20 de Enero de 2.0011.

DOS.- Los hechos enjuiciados han sido calificados por el Ministerio Fiscal, en sus calificaciones definitivas en relación con las provisionales, como constitutivos de un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, previsto y penado en el artículo 368, inciso primero, del CP., conforme a la redacción dada por la Reforma de LO. 5/10, dirigiendo acusación contra:

  1. - Cornelio, para el que solicitó, al concurrir la agravante de reincidencia, prevista en el artículo 22.8 del CP . y la atenuante de drogadicción del artículo 21.2 del mismo texto legal, la imposición de la pena de cuatro años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 90.000,- euros, con seis meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  2. - Benedicto, para el que solicitó, al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la imposición de la pena de cuatro años y seis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 60.000,- euros, con seis meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  3. - Melchor, para el que solicitó, al concurrir la atenuante de drogadicción prevista en el artículo 21.2 del Código Penal, la imposición de la pena de tres años de Prisión. Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 40.739,- euros, con tres meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  4. - Alberto, para el que solicitó, al concurrir la atenuante de drogadicción prevista en el artículo 21.2 del Código Penal, la imposición de la pena de tres años de Prisión. Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 40.739,- euros, con tres meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  5. - Remigio, para el que solicitó, al concurrir la atenuante de drogadicción prevista en el artículo 21.2 del Código Penal, la imposición de la pena de tres años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 305,- euros, con un mes de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  6. - Doroteo, para el que solicitó, al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la imposición de la pena de tres años y seis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 150,- euros, con un día de privación de libertad por cada 10,- euros o fracción que resultare impagada, y costas procesales. Asimismo como constitutivos de un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud, previsto y penado en el artículo 368, inciso último, del CP. conforme a la redacción dada por la Reforma de LO. 5/10, dirigiendo acusación contra:

  7. - Hernan, para el que solicitó, al concurrir la agravante de reincidencia, prevista en el artículo 22.8 del CP . y la atenuante de drogadicción del artículo 21.2 del mismo texto legal, la imposición de la pena de dos años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 5.000,- euros, con dos meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

  8. - Carlos Manuel, para el que solicitó, al concurrir la atenuante de drogadicción prevista en el artículo

21.2 del Código Penal, la imposición de la pena de un año de Prisión. Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de 5.000,- euros, con dos meses de privación de libertad en caso de impago, y costas procesales.

Finalmente consideró los hechos como constitutivos de un delito contra la Administración de Justicia, en su modalidad de simulación de delito, previsto y penado en el artículo 457 del CP ., dirigiendo acusación contra Benedicto, para el que solicitó, al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la imposición de la pena de Multa de seis meses, con una cuota diaria de 10,- euros, y costas procesales.

Solicitó el Ministerio Fiscal el comiso y destrucción de la droga aprehendida, así como el comiso de los instrumentos para la realización del tráfico, agendas y teléfonos móviles intervenidos y el destino legalmente previsto al revolver y munición ocupados.

TRES.- Las defensas de Cornelio, Remigio, Melchor Hernan, y Carlos Manuel, en igual trámite de calificación definitiva, se adhirieron a la fijación de...

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