STSJ Galicia 104/2012, 2 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución104/2012
Fecha02 Febrero 2012

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00104/2012

Procedimiento Ordinario Nº 4032/2010

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

Dª. CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

En la ciudad de A Coruña, a dos de febrero de dos mil doce.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4032/10 pende de resolución en esta Sala, interpuesto inicialmente por " Sistemas Globales Inmobiliarios, S.L.", a quien sucedió procesalmente "Financiera Inmobiliaria Proinova, S.L.U.", representada por Dª. María Teresa Pita Urgoiti y dirigida por Dª. Pilar Camps Camps, contra el Acuerdo de 9-11-09 del Ayuntamiento de Sanxenxo. Es parte demandada el Ayuntamiento de Sanxenxo, representado por Dª María Dolores Villar Pispieiro y dirigido por D. José Luis Narbón García. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando el recurso. Por auto de 3-9-2010 se tuvo por parte a "Financiera Inmobiliaria Proinova, S.L.U." en concepto de sucesora procesal de "Sistemas Globales Inmobiliarios, S.L.".

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, esta presentó escrito de contestación a la demanda con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedente, en el que se suplicó que se dictase sentencia desestimado el recurso.

TERCERO

Una vez practicadas, con el resultado que consta en autos, las pruebas admitidas, y cumplimentado el trámite de conclusiones, se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 26-1-12.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo de 9-11-09 del Pleno del Ayuntamiento de Sanxenxo por el que se inadmitió el recurso de reposición interpuesto contra el de 28-7-09, sobre aprobación definitiva del Plan Parcial del SU-14 y otros extremos.

SEGUNDO

El acuerdo que es objeto del recurso contencioso-administrativo inadmitió el de reposición interpuesto contra el de 28-7-09 basándose en los argumentos contenidos en un informe en el que se consideraba que se estaba impugnando en vía administrativa la aprobación definitiva de un instrumento de ordenación urbanística, el Plan Parcial del SU-14, del que formaba parte integrante e indisoluble el convenio urbanístico aprobado en el mismo acuerdo; instrumento que tenía la naturaleza de una disposición general, por lo que contra él no cabía formular un recurso administrativo, según lo establecido en el artículo 107 de la Ley 30/92 . En el recurso de reposición la entidad a la que sucedió quien es parte actora interesó exclusivamente el reembolso de la cantidad de 4.797.796 euros que había entregado al Ayuntamiento, pues entendía que el condicionante y la interpretación que se plasmaba en el tercero de los...

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