SAP Jaén 236/2007, 16 de Octubre de 2007

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2007:1322
Número de Recurso101/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución236/2007
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

J A É N

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1

DE JAEN

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 129 DE 2007

APELACIÓN PENAL Nº 101 DE 2007

ESTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN, por los Ilmos Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº 236

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE.

D. Pío Aguirre Zamorano.

MAGISTRADOS.

Dª Mª Esperanza Pérez Espino.

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera.

En la ciudad de Jaén, a dieciséis de Octubre de dos mil siete.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial, la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal nº 1, por el Procedimiento Abreviado número 129/07, por el delito de Hurto de vehículo de motor, procedente del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Jaén, siendo acusado Juan Enrique, cuyas circunstancias constan en la recurrida, representado en la instancia por el Procurador Sra. Villén González y defendido por el Letrado Sr. Jerez Jerez, ha sido apelante el Consorcio de Compensación de Seguros defendido por el Abogado del Estado, parte apelada el acusado y Ministerio Fiscal, y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Jesús Jurado Cabrera

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Jaén, en el Procedimiento Abreviado Nº 129/07, se dictó, en fecha 18 de Junio de 2007, sentencia que contiene los siguientes hechos probados: Primero: El acusado se dirigió entre el día 31-5-04 a las 12 horas y el día 3-6-04 a las 22 horas a la Calle Pintor Carmelo palomino de Jaén donde, con animo de apoderarse del mismo, sustrajo el ciclomotor Derbi Hunter matrícula G....GGG con un valor venal de 563 Euros, con número de batidor NUM000, propiedad de Cesar, que se enocnetraba aparcado sin que conste fuerza. El ciclomotor fue luego recuperado por su propietario con daños que han sido tasados en 400 euros. Con posterioridad le cambio la plaza de matrícula por la Y....YYY perteneciente al ciclomotor con número de bastidor NUM001 que había comprado legalmente a Sebastián. El día 5-7-04 sobre las 17,45 horas, puesto de común acuerdo con otra persona en busca y captura y con animo de utilizarlo transitoriamente, se apoderó del vehículo Oper Corsa matrícula de X....X con un valor venal de 600 euros y que su propietario Alonso, que reclama su valor venal, tenía aparcado en la Avda. de Arjona de Jaén. al tratar de llevárselo el acusado golpeó al vehículo Ford Focus....RRR, propiedad de Mariano, causándole daños que han sido tasados en 247,65 Euros. El día 12-7-04, con el mismo animo, se apodera del vehículo Opel Kadett, valorado en 600 Euros, propiedad del matrimonio formado por Alfredo y María Teresa que no reclaman, y que se encoentraba aparcado en a C/ San Juan de la Cruz de Jaén. Sobre las 2,20 horas como consecuencia de la forma de conducir fue a colisionar contra varios vehículos que se encontraban estacionados en dicha calle, entre los que se encontraban el BMW 324 TD matrícula.... F propiedad de María Antonieta y al que se causaron daños tasados en 290,58 euros y el Opel Vectra matrícula.... IZ propiedad de Luis Manuel con daños tasados en 247,08 Euros, cuyos propietarios reclaman. En el momento de estos hechos el acusado se encontraba bajo los efectos del alcohol y del apazalan y tranxilium, lo que si bien no limitaba sus facultades intelectivas y volitivs si impedía la conducción sin riego para los demás.".

SEGUNDO

Asimismo la referida sentencia pronuncia el siguiente FALLO: Debo condenar y condeno a D/ÑA. Juan Enrique, como autor de: 1.- Un delito de hurto de vehículo a motor del artículo 244-1º y en relación con el 234-1º del Código Penal. 2.- Un delito de falsedad en documento oficial de los articulo 392 y 390-1-1º y 2º del Código Pena. 3.- Un delito de hurto de vehículo a motor del artículo 244-1ª del Código Penal. 4.- Un delito de hurto de vehículo a motor del artículo 244-1º y otro de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas del artículo 379, todos ellos del Código Penal, a las siguientes penas, así como las costas: 1.- Por el primer delito la de 12 meses y 1 día de prisión, con la accesoria de suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. 2.- Por el segundo la de 6 meses de prisión con la accesoria de suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y de 6 meses multa a 2 euros de cuota dia con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago 3.- Por el tercero la de 19 fines de semana de arresto. 4.- Por el cuarto la de 12 fines de semana de arresto por el hurto de uso y la de 8 fines de semana de arresto y 1 año y 1 día de privación del permiso de conducir por el delito de conducción bajo la influencia de bebidas...

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