SAP Madrid 278/2011, 23 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución278/2011
Fecha23 Marzo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 7ª

ROLLO Nº 62/2011-RP

JUICIO ORAL Nº 154/2008

JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 Bis de Alcalá de Henares

SENTENCIA Nº 278/11

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmas. Sras. Magistradas de la Sección 7ª

Doña Maria Luisa Aparicio Carril

Doña Ángela Acevedo Frías

Doña Ana Mercedes del Molino Romera

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil.

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio Oral nº 154/08, procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 Bis de Alcalá de Henares, seguido por un delito de defraudación del fluido eléctrico contra Alberto y otra, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por la representación procesal de dicho acusado contra Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del expresado Juzgado con fecha 25 de noviembre de 2010 . Habiendo sido parte en el presente recurso el citado apelante y como apelado el Ministerio Fiscal, quien lo impugna e interesa la confirmación de la resolución recurrida.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Ana Mercedes del Molino Romera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal núm. 3 Bis de Alcalá de Henares, se dictó sentencia, de fecha 25 de noviembre de 2010, siendo su Fallo del tenor literal siguiente:

Absuelvo a Martina, del delito de defraudación del fluido eléctrico, por el que había sido acusada.

Condeno a Alberto como autor de un delito continuado de defraudación del fluido eléctrico, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de dilaciones indebidas, a la pena de siete meses y quince días de multa, a razón de cuatro euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del Código Penal . Condenándole asimismo a pagar las costas causadas.

En dicha resolución se recogen como hechos probados los siguientes:

Se considera probado y así se declara, que el acusado Alberto, como propietario y usuario de la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000, piso NUM001, de la localidad de Torrejón de Ardoz, manipuló entre los años 2001 y 2004 los precintos de Iberdrola e Industria, con el propósito de evitar el pago del consumo realizado, y con un evidente ánimo de enriquecerse ilícitamente, siendo esta irregularidad detectada por un inspector de la empresa Iberdrola, el 5 de febrero de 2004, sustituyéndose dicho contador, por otro nuevo, ese mismo mes. Entre los meses de febrero y mayo, el acusado, guiado por idéntico ánimo, volvió a retirar el puente de tensión del contador, rompiendo para ello los precintos de Verificación Oficial de la Dirección General de Industria, y de la tapa cubrehielos, ocasionando a la entidad Iberdrola, un perjuicio que ha sido tasado en 1977,12 euros, importe que ha sido satisfecho a dicha entidad.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Doña Gloria Galán Fenoll, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia...

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