AAP Pontevedra 134/2011, 24 de Marzo de 2011
Ponente | ANTONIO BERENGUA MOSQUERA |
ECLI | ES:APPO:2011:328A |
Número de Recurso | 428/2010 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 134/2011 |
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00134/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de PONTEVEDRA Domicilio: ROSALIA DE CASTRO,Nº 5 - PALACIO DE JUSTICIA Telf: 986805137/36/38/39
Fax: 986805132
Modelo: 662000
N.I.G.: 36038 51 2 2009 7000731
ROLLO: APELACION AUTOS 0000428 /2010 -P.
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 1 de PONTEVEDRA Procedimiento de origen: EJECUTORIAS 0000562 /2010 RECURRENTE: Luis Pablo
Procurador/a: CARLOS VILA CRESPO
Letrado/a: MANUEL COSTAS DAPONTE
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
AUTO
ILMOS./AS. SRES./SRAS.
Presidente
D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA Magistradas
D. NÉLIDA CID GUEDE
D. CRISTINA NAVARES VILLAR
En PONTEVEDRA, a veinticuatro de Marzo de dos mil once.
En la causa referenciada se dictó por XDO. DO PENAL N. 1 de PONTEVEDRA auto de fecha 19 de Octubre de 2.010 por el que se acordaba desestimar el recurso de reforma presentado por la representación procesal de D. Luis Pablo contra el auto de fecha 8 de Septiembre de 2.010, confirmando íntegramente dicha resolución.
Contra dicho auto se interpuso por la representación de Luis Pablo recurso de apelación, el cual fue admitido en ambos efectos, remitiéndose en su virtud a este Tribunal con emplazamiento de las partes.
Personada en tiempo y forma la parte apelante se sustanció el recurso por todos sus trámites.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA.
El recurrente Luis Pablo impugna el auto de 19 de octubre de 2010 que desestima el recurso de reforma contra otro anterior del mismo Juzgado que deniega la suspensión de la ejecución de la pena.
El Ministerio Fiscal impugna el recurso de apelación e interesa se confirme la resolución recurrida.
En lo que se refiere a la denuncia de falta de motivación, debe recordarse que el test de motivación se aplica para comprobar los elementos y razones de juicio que fundamentan la decisión y los criterios jurídicos que la justifican sin que sea exigible un razonamiento judicial exhaustivo y pormenorizado, SSTC187/2000,155/2001y 221/2001,en definitiva se trata de que el ciudadano pueda acceder al porqué de la decisión.
Por sentado lo expuesto se aprecia de los razonamientos jurídicos del auto recurrido sentencia que el juzgador examina el tema sometido a su...
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