AAP Sevilla 58/2011, 31 de Marzo de 2011

PonenteMARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
ECLIES:APSE:2011:1129A
Número de Recurso8323/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución58/2011
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: INCIDENTE

CONFIRMATORIO

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº13 DE SEVILLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 8323/2010

A U T O Nº58

PRESIDENTE ILMO. SR.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

RAFAEL SARAZÁ JIMENA

FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ ----------------------------------------------------En la Ciudad de SEVILLA a treinta y uno de marzo de dos mil once.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla,ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra resolucion recaida en autos nº 825/2007 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº13 DE SEVILLA promovidos por Juan Enrique representado por el Procuradora Sra. ANA DEL PESO SAINZ DE LA MAZA contra MAPFRE EMPRESAS COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (antesMUSINI SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS) representado por el Procurador Sr MANUEL IGNACIO PEREZ ESPINA, y ENDESA GENERACION SA, sobre liquidacion de intereses, pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de MAPFRE contra auto de fecha 9 de Abril de 2010 recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA .

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó auto por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº13 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "1º.-Desestimo la impugnación formulada por el procurador Sr.Pérez Espina, en nombre y representación de Mapfre Empresas S.a, frente a la propuesta de liquidación de intereses presentada por la procuradora Sara del Peso Sainz de la Maza, en nombre y representación de Don Juan Enrique, que se aprueba definitivamente por importe de Trescientos cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho euros con veinticinco centimos. 2º.-Se imponen a Mapfre Empresas

S.A las costas del incidente de impugnación."

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de MAPFRE EMPRESAS COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (antesMUSINI SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS) que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal, dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

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