SAP Alicante 154/2011, 9 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución154/2011
Fecha09 Marzo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2011-0000601

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS Nº 000018/2011- -Dimana del Juicio de Faltas Nº 000222/2010

Del JUZGADO DE INSTRUCCION 3 DE DENIA(ANT. MIXTO 7)

SENTENCIA Nº 000154/2011

En Alicante, a nueve de marzo de dos mil once

La Iltma. Sra. Doña Dª María Dolores Ojeda Domínguez Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de junio de 2010, dictada por el Juzgado de Instrucción de num. Tres de Denia (antes mixto 7), en Juicio de Faltas núm. 222/2010, sobre lesiones; Habiendo actuado como parte apelante Zulima, dirigida por el Letrado D. Juan F. González Perles y, como parte apelada Beatriz, dirigido por el Letrado D. Antonio Doménech Bertomeu y el MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente:"El dia 18 de junio de 2010, sobre las 09.00 horas se produjo un altercado en las inmediaciones del Paseo de Saladar de Denia, cuando Dña. Zulima y Dña. Beatriz se cruzaron por la calle y se recriminaron algunos hechos pasados, motivados por una denuncia entre Dña Zulima y su expareja que es amiga de Dña . Beatriz . En un momento de esa discusión, Dña Zulima lanzó varias patadas a Dña. Beatriz que le causaron lesiones leves, a la vez que ésta trataba de defenderse y retirarse del lugar apresuradamente".

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dña. Zulima como autora de una falta de lesiones que se le imputó en un principio, a la pena de 30 días multa a razón de 5 # dia, con arresto sustitutorio en caso de impago y a que indemnice a Dña. Beatriz en 120 #, declarando las costas de oficio, y DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Dña Beatriz de la falta de lesiones de la que venia siendo acusada".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma por Zulima se interpuso el presente recurso, alegando: nulidad del juicio.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección donde fueron recibidas, procediéndose a dictar sentencia en el dia de hoy de conformidad con el artículo 792-1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alega en el recurso la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por haber...

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