SAP A Coruña 135/2011, 18 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución135/2011
Fecha18 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00135/2011

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN -RPL 89/2010- S E N T E N C I A

Presidente:

Ilma. Sra. doña María José Pérez Pena

Magistrados:

Ilma. Sra. doña María Josefa Ruiz Tovar

Ilmo. Sr. don Rafael Jesús Fernández Porto García

En La Coruña, a dieciocho de marzo de dos mil once.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número RPL 89 de 2010, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores Magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto contra la sentencia dictada el 25 de febrero de 2010 en los autos de procedimiento ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ordes, ante el que se tramitaron bajo el número 71/2009, en el que son parte, como apelante, la demandante "IBERCAR COMERCIO DE VEHÍCULOS, S.L.", con domicilio social en Oroso (La Coruña), Gándara, Deixebre, con número de identificación fiscal B-15 833 387, representada por el procurador don Fernando Iglesias Ferreiro, bajo la dirección del abogado don Carlos Corredoira Otero; y como apelada, la demandada "TRANSPORTES JUNCAL, S.L.", con domicilio social en Ordes (La Coruña), calle Alfonso Senra, 142-bajo, con número de identificación fiscal B-15 065 600, representada por el procurador don Fausto-Valentín Blanco García, bajo la dirección del abogado don Santiago Manteiga Mujico; versando la apelación sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 25 de febrero de 2010, dictada por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ordes, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Ibercar Comercio de Vehículos, S.L. contra Transportes Juncal, S.L., absuelvo a Transportes Juncal, S.L. de los pedimentos formulados contra la misma, con imposición de costas a la actora» .

SEGUNDO

Presentado escrito preparando recurso de apelación por "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L.", se dictó providencia teniéndolo por preparado, emplazando a la parte para que en término de veinte días lo interpusiera, por medio de escrito. Deducido en tiempo el escrito interponiendo el recurso, se dio traslado por término de diez días, presentándose por "Transportes Juncal, S.L." escrito de oposición. Con oficio de fecha 9 de junio de 2010 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas en esta Audiencia con fecha 16 de junio de 2010, se registraron bajo el número RPL 89/2010, siendo turnadas a esta Sección. Por el Sr. Secretario Judicial de esta Sección se dictó el 12 de julio de 2010 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente, teniendo por personado al procurador don Fernando Iglesias Ferreiro en nombre y representación de "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L.", en calidad de apelante; así como al procurador don Fausto-Valentín Blanco García, en nombre y representación de "Transportes Juncal, S.L.", en calidad de apelado. Habiéndose interesado, en el escrito interponiendo el recurso, el recibimiento a prueba en esta alzada por "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L.", se acordó pasar las actuaciones a la Sala para resolver. Por Auto de 7 de septiembre de 2010 se denegó el recibimiento a prueba interesado; quedando el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de 1 de octubre de 2010 se señaló para votación y fallo el pasado día 15 de marzo de 2011.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo ponente el Ilmo. Sr. magistrado don Rafael Jesús Fernández Porto García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - El 9 de septiembre de 2004 "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L." vendió "Transportes Juncal, S.L." un remolque Trailor, con matrícula francesa, que posteriormente se matricularía en España, otorgándose un documento en el que, en lo que aquí interesa, se hacía constar que el precio ascendía a «la cantidad de dieciocho mil euros (18.000) la cual está por motivo de reserva la cantidad de mil euros (1.000) de euros el resto se terminará de cancelar a la entrega de la bañera sin más que agregar atentamente» . Entregado el remolque, la vendedora expidió el 15 de septiembre de 2004 la correspondiente factura, figurando como precio la cantidad de 18.030,36 euros, más el 16% de repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido (2.884,86 euros), lo que hacía un total de 20.915,22 euros.

    Para pago la compradora aceptó 12 letras de cambio, con vencimientos mensuales sucesivos desde el 12 de noviembre de 2004 a 12 de octubre de 2005, por importe de 1.500 euros cada una. Las cambiales fueron abonadas a sus vencimientos, por lo que el total abonado ascendía a 18.000 euros. Según "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L.", se le adeudarían 2.915,22 euros.

  2. - Posteriormente se produjo entre los contratantes otra compraventa, concretamente de un remolque Fruehauf. "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L." expidió factura el 27 de abril de 2005, en la que consta un precio de 18.000 euros, más 2.880 euros de repercusión del tributo, lo que hacía un total de 20.880 euros.

    Para pago se libraron también 12 letras de cambio, por importe de 1.500 euros cada una, con vencimientos mensuales de 12 de diciembre de 2005 a 12 de noviembre de 2006. Las letras se abonaron a sus vencimientos, lo que totaliza 18.000 euros. Según la vendedora, "Transportes Juncal, S.L." le adeudaría por esta venta la cantidad de 2.880 euros.

  3. - Por último, "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L." vendió a "Transportes Juncal, S.L." un camión Volvo. La vendedora expidió factura el 6 de junio de 2005, en la que figura como precio 18.030 euros, y 2.884,80 euros como repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que hace un total de 20.914,80 euros.

    Para pago, se entregó en efectivo 7.200 euros, 12 letras aceptadas de 300 euros cada una (vencimientos mensuales sucesivos de 23 de julio de 2005 a junio de 2006), y una letra final por importe de 7.230 euros (vencimiento 23 de junio de 2006). En total se pagó 18.030,00 euros; por lo que la vendedora sostiene que se le adeudan 2.880,00 euros.

  4. - El 2 de noviembre de 2007 el abogado de "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L." remitió un burofax a "Transportes Juncal, S.L.", reclamándoles el pago de 8.680,02 euros; sumatorio de los restos adeudados por las tres ventas

  5. - El 16 de septiembre de 2008 "Ibercar Comercio de Vehículos, S.L." promovió procedimiento monitorio contra "Transportes Juncal, S.L." en reclamación de los 8.680,02 euros. Admitida a trámite la solicitud y requerida la deudora, se opuso al requerimiento por considerar que no adeudaba cantidad alguna.

  6. - Se dedujo en tiempo y forma la demanda en juicio ordinario por razón de la...

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