AAP Madrid 58/2011, 21 de Marzo de 2011

PonenteMARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ
ECLIES:APM:2011:2682A
Número de Recurso17/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución58/2011
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID

AUTO: 00058/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8

1420A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7000242 /2010

RECURSO DE APELACION 17 /2010

Proc. Origen: EJECUCION FORZOSA DEL LAUDO ARBITRAL 932 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 41 de MADRID

De: XIRIVELLA ELECTRONICS S.L.

Procurador: YOLANDA LUNA SIERRA

Ponente: ILMA. SRA. DÑA. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ

AUTO Nº 58

Magistrados:

ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA PAREDES

ILMA. SRA. DÑA. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

ILMA. SRA. DÑA. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ

En MADRID, a 21 de marzo de dos mil once.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación el procedimiento de ejecución forzosa de Laudo Arbitral nº 932/07, procedente del Juzgado de 1ª Instancia núm.41 de Madrid, seguido a instancia de la parte demandante-apelante, la entidad mercantil XIRIVELLA ELECTRONICS S.L., representada por la Procuradora Dª YOLANDA LUNA SIERRA.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid, en fecha 27 de noviembre de 2007, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"SE DESPACHA a instancia de la parte ejecutante XIRIVELLA ELECTRONICS S.L, ejecución frente a Cecilia como parte ejecutada, por la cantidad de 586 euros, más la suma de 175 euros, presupuestadas para costas y demás gastos sin perjuicio de posterior liquidación y no ha lugar a despachar ejecución por las costas del arbitraje .

Procédase al embargo de bienes y derechos del ejecutado en cantidad suficiente para cubrir las responsabilidades por las que se despacha ejecución, librándose al efecto el correspondiente exhorto al Juzgado de Paz de Xirivella (Valencia) sirviendo testimonio de la presente resolución como mandamiento en forma.

Requiérase al ejecutado para que manifieste ante la comisión judicial en el momento del embargo, relación de bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución con expresión, en su caso, de cargas o gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, con qué título, con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, así como la posibilidad de imponerle multas periódicas si no respondiere debidamente al requerimiento.

Líbrese oficio al Servicio de Averiguación Patrimonial y a la Tesorería General e la Seguridad Social y con su resultado inste la parte lo que a su derecho convenga.

Póngase en conocimiento de las partes la llegada de los autos de la Audiencia Provincial y acúsese recibo a dicha Audiencia.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LECn, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 16 de marzo de 2011.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso trae causa del procedimiento de ejecución forzosa de LAUDO

ARBITRAL, tramitado con el nº 932/07 en el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid, en el que se dictó auto con fecha 27 de noviembre de 2007, por el que se despacha ejecución contra Dª Cecilia por la cantidad de 586 euros, a instancia de XIRIVELLA ELECTRONIC, S. L.

Contra dicha resolución se alza en apelación la ejecutante XIRIVELLA ELECTRONIC, S. L., siendo el objeto del recurso el no haber despachado ejecución también por 554,34 euros...

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