STSJ Extremadura 118/2011, 17 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Marzo 2011
Número de resolución118/2011

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL

CACERES

SENTENCIA: 00118/2011

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL CACERES

C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246)CACERES

Tfno: 927 62 02 36-37-42

Fax:927 62 02 46

NIG: 06015 44 4 2009 0301146

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000047 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000714 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003

Recurrente/s: María Consuelo, Bárbara, Luis Antonio, Pablo Jesús, Emma

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s : Bárbara

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

ILMOS.SRES

DON PEDRO BRAVO GUTIERREZ

DOÑA ALICIA CANO MURILLO

DOÑA MANUELA ESLAVA RODRIGUEZ

En CACERES, a diecisiete de Marzo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL DEL TSJEX, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A nº118/11

En el RECURSO SUPLICACION 47 /2011, formalizado por el Sr. Ltdo. D. Miguel A. Gutiérrez Costas, en nombre y representación de Don Pablo Jesús Y OTROS, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de BADAJOZ en el procedimiento 714 /2010, seguido a instancia de los recurrentes frente a DOÑA Bárbara, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO BRAVO GUTIERREZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Pablo Jesús Y OTROS presentaron demanda contra la recurrente, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha catorce de Septiembre de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO. Don Pablo Jesús han venido prestando sus servicios como empleado de Notaria de Fregenal de la Sierra, con la categoría de oficial 2º de administrativo desde el 10/5/1961. Durante el periodo del 1 al 15 de junio del 2008, el trabajador prestaba servicios para el Notario Don Luis Pablo Sánchez Martinez que le abonó 1.046,09 euros netos (1.382,80 euros brutos) por el referido periodo correspondientes a salario base, prorrata de pagas extraordinarias, antigüedad, incentivo y actividad, constando en nómina una antigüedad del 10/5/1961 (f.74). Durante el periodo comprendido entre los dias 16 a 30 de junio del 2008, el Sr. Pablo Jesús prestó servicios para la Notaria Doña Olivia Perla Eljarrat López constando en nómina una antigüedad de 16/6/2008 y un salario bruto de 1.245,40 euros mensuales correspondientes a salario base, antigüedad, beneficios extra, incentivos y actividad (f.75). El trabajador inició su prestación de servicios para la demandada en fecha 1/8/2008. La demandada ha abonado al Sr. Pablo Jesús en el periodo al que se contrae la presente demanda las siguientes cantidades: en el mes de agosto de 2008, un importe de 2.132,26 euros netos ( 2.765,57 euros brutos); en el mes de septiembre un importe 2.132,26 euros netos (2.765,57 euros brutos); en ambos casos, por los conceptos salariales de salario base, prorrata de pagas extraordinarias, antigüedad, incentivo y actividad (f.76). En fecha 12 de diciembre de 2008 la demandada abono al trabajador un total de 942,62 euros por diferencias de nóminas de agosto y septiembre y abono de las nóminas de octubre y noviembre de 2008 (f.183 y 185): En las nóminas correspondientes a los meses de agosto a octubre de 2008 consta una fecha de antigüedad de 10/5/1961, a partir de la de noviembre de 1/8/2008 (f.223). Durante toda la relación laboral, se hace constar en el apartado correspondiente al complemento salarial de antigüedad la fecha 10/5/1961. SEGUNDO.- Don Luis Antonio ha venido prestando sus servicios como empleado de con la categoría de oficial 2º administrativo desde el 1/9/1971. Durante el periodo 16 al 30 de junio de 2008 prestó servicios para la Notaria Doña Olivia Perla Eljarrat López, constando en nómina un salario de 1.487,79 euros brutos mensuales, siendo el importe líquido a percibir de 1.324,77 euros correspndientes al salario base, antigüedad, plus asistencia, beneficios/extra, incentivos y actividad (f.132). En fecha 31/7/2008 el trabajador finiquitó la relación laboral con la referida notaria (f.256). La prestación de servicios para la demandada la inició en fecha 1/8/2008. En el periodo al que se contrae la demanda, comprendido entre el agosto 2008 a marzo de 2009, la demandada ha retribuido el Sr. Pablo Jesús las siguientes cantidades: Nóminas correspondientes a agosto de 2008 un total de 2.294,16 euros netos (2.975,57 euros brutos) por los conceptos salariales de salario base, prorrata de pagas extraordinarias, antigüedad, incentivo, actividad y asistencia (f.87 y 217); el mes de septiembre, importe liquido a percibir fue de 2.294,16 (2.975,57 euros brutos), correspondientes a salario base, prorrata de extras, antigüedad, incentivo, actividad y asistencia (F. 87 y 219); en el mes de octubre, nómina a partir de la cual consta la disconformidad del trabajador, el trabajador percibió 1.710,46 euros netos ( de 2.218,50 euros brutos) f. 222-; en el mes de noviembre el trabajador percibió un importe de 1.667,08 euros netos (2.162,23 euros brutos) f.223.-; en el mes de diciembre un importe neto de 1658,40 euros (2.150,98 euros) -f 224; en enero de 2009 consta abonados 1.704,64 euros netos que corresponden a una nómina por un total bruto de

2.152,32 euros (f.225); en febrero percibió un total de 1.723,83 euros netos ( 2.176,55 euros brutos) f.226; y finalmente, en marzo de 2009 percibió un total de 1.769,57 euros netos (2.178,47 euros brutos) f-227- En las nóminas correspondientes a los meses de agosto a octubre de 2008 consta una fecha de antigüedad de 1/9/1971, a partir de la de noviembre de 1/8/2008- (f.90).Durante toda la relación laboral se hace constar, en el apartado correspondiente al complemento salarial de antigüedad la fecha de 1/9/1971. TERCERO.- Doña María Consuelo ha venido prestando sus servicios como empleada de Notaria de Fregenal de la Sierra, con la categoría de oficial 2º administrativo desde el 21/5/1996. Durante el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de junio del 2008 prestaba servicios para el Notario Don Luis Pablo Sánchez Martinez que le abonó un importe neto de 966,50 euros (1.277,60 euros brutos) -f.104-. La prestación de servicios para la demandada se inició el dia 30/7/2008. Doña Bárbara ha abonado a la trabajadora las siguientes cantidades: 708,77 euros netos (880,23 euros brutos) correspondiente a la nómina de julio de 2008 (f.105) por los conceptos salariales de salario base, prorrata de pagas extraordinarias, antigüedad, incentivo y actividad; 1.933 euros netos (2.555,19 euros brutos) correspondientes a la nómina de agosto de 2008 (f.105); 1.933 euros netos (2.555,19 euros brutos) correspondiente a la nómina de septiembre de 2008 (f.106); 1060,30 euros netos ( 1.401,58 euros brutos) correspondiente a la nómina de octubre de 2008 (f.106); 1.334,86 euros netos (1.764,51 euros brutos) correspondientes a la nómina de noviembre de 2008 (f.109,112 y 7); 1.283,41 euros netos ( 1.696,51 euros brutos) correspondiente a la nómina de diciembre de 2008 (f.251 y 7); 1.388,49 euros netos (1.680,17 euros brutos) correspondiente a la nómina de enero de 2009 (f.110 y 7); 1442,01 euros netos (1.744,93 euros brutos) correspondiente a la nómina de febrero de 2009 (f.110 y 7). En las nóminas correspondientes a los meses de julio a octubre de 2008 consta una fecha de antigüedad de 21/5/1996, a partir de la de noviembre de 30/7/2008

(f.109). Durante toda la relación laboral se hace constar, en el apartado correspndiente al complemento salarial de antigüedad la fecha de 21/5/1996. CUARTO.- Doña Emma ha venido prestando sus servicios como empleada de Notaria, con la categoría de oficial 2º administrativo desde el 25/6/2005. Durante el periodo 1 al 15 de junio del 2008, la trabajadora prestaba servicios para el Notario Don Luis Pablo Sánchez en la Notaria de Fregenal de la Sierra, habiendo percibido por sus servicios un importe de 689,50 euros (899,55 euros), por salario base, prorrata paga extra y complementos salariales, constando en nómina una antigüedad del 25/6/2005 (f.113). La prestación de servicios para la demandada en la Notaria de Segura de León se inició en fecha 1/8/2008. Doña Bárbara ha abonado a la trabajadora las siguientes cantidades: 1.379 euros netos (1.1775,93 euros brutos) correspondiente a la nómina de julio de 2008 (f.114 y 228); 1.379 euros netos

(1.775,93 euros brutos) correspondiente a la nómina de septiembre de 2008 (f.114 y 22); 1.287,21 euros netos ( 1.657,70 euros brutos) correspondiente a la nómina de octubre de 2008 (f.115 y 232); 1.243,51 euros netos

(1.601,43 euros brutos) correspondiente a la nómina de noviembre de 2008 (f.115 y 234); 1.234,77 euros netos (1.590,18 euros brutos) correspondiente a la nómina de diciembre de 2008 (f.116 y 236); 1.316,98 euros netos (1.591,52 euros brutos) correspondiente a la nómina de enero de 2009 (f.116 y 237); 1.355,61 euros netos (1.615,75 euros brutos) correspondiente a la nómina de febrero de 2009 (f.117 y 238); 1.389,42 euros netos (1.617,67 euros brutos) correspondiente a los meses de agosto y septiembre de 2008 consta una fecha de antigüedad de 26/5/2005, a partir de la de octubre de 1/8/2008. Durante toda la relación se hace constar en el apartado correspondiente al complemento salarial de antigüedad la fecha de 26/5/2005 (f.115). QUINTO.-En fecha 31/7/2008 Don Pablo Jesús finiquitó su relación laboral con la Notaria Sra. Eljarrat (f.131 y 257). Iniciada la prestación de servicios para la demandada se jubiló en fecha 17/11/2008 (f. 180, 179). SEXTO.-Don Luis Antonio finiquitó su relación laboral con la Notaria Sra. Eljarrat el dia...

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