SAP Madrid 158/2011, 26 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución158/2011
Fecha26 Abril 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION TERCERA.

Apelación RP 98/2011

Juzgado Penal nº 20 de Madrid

Juicio Rápido nº 400/2010

SENTENCIA Nº 158/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. CARLOS OLLERO BUTLER

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

Dª. JOSEFINA MOLINA MARIN

En Madrid, a veintiséis de abril de 2011.

Visto por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Audiencia pública y en grado de apelación, el juicio rápido nº 400/2010 procedente del Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico y negativa a la práctica de la prueba de alcoholemia, siendo partes en esta alzada como apelante el acusado Isidoro, representado por el Procurador D. Francisco Fernández Martínez, y defendido por el letrado D. Juan Manuel Ruiz Fernández; y como apelado el Ministerio Fiscal, habiendo sido designado Ponente la Magistrado Suplente Dª JOSEFINA MOLINA MARIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia el 20 de diciembre de 2010, que contiene los siguientes Hechos Probados: " Resulta probado y expresamente así se declara que sobre las 3:15 horas del día 20 de julio de 2010, el acusado D. Isidoro, de nacionalidad ecuatoriana, en situación regular en España, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue interceptado por una dotación de la Policía Nacional cuando se encontraba detenido en un semáforo de la Avenida de la Albufera de Madrid, conduciendo el vehículo matrícula ....-JRV y ello por no iniciar la marcha cuando el semáforo se puso en fase verde, observando los agentes al acercarse al vehículo que ello era debido a que el acusado se encontraba en su interior brindando con vasos con los otros ocupantes, con varias botellas de cerveza, maniobra antirreglamentaria que estaba motivada en una disminución de sus facultades psico-físicas debido a una previa y simultánea ingesta de bebidas alcohólicas. El acusado presentaba síntomas evidentes de la intoxicación que padecía (fuerte olor a alcohol, habla pastosa y pérdida de la verticalidad).

Al apreciarse por los agentes que el acusado se hallaba bajo la influencia de una intoxicación etílica contraída con anterioridad que le impedía la conducción en las debidas condiciones de seguridad, debido a la merma de reflejos que le producía, fue conducido en calidad de detenido a las dependencias de la Policía Local para la práctica de la prueba de alcoholemia. Al ser requerido por agentes de la Policía Local de Madrid para la práctica de la prueba de determinación del grado de impregnación alcohólica con etilómetro, el acusado no llegó a realizarla por simular voluntariamente dolores de pecho y simular que soplaba el aparato con conciencia de no hacerlo conforme a las instrucciones que se le habían dado y con la intención de que la misma no se efectuara correctamente (sopla en tres ocasiones) pese a ser debidamente informado de que dicha negativa podría ser constitutiva de delito. Además, al acusado le ofrecieron realizar la analítica de sangre que finalmente no se llevó a cabo por rechazarla él mismo. ".

En la parte dispositiva de la sentencia se establece: "Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado

D. Isidoro como responsable penalmente en concepto de autor de un delito contra la seguridad vial y de un delito de negativa a la práctica de la prueba de alcoholemia, ambos ya definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las siguientes penas:

Por el primer delito:

multa de nueve meses con una cuota diaria de 2 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas,

60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad, y

privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años y seis meses, lo que comporta la pérdida de vigencia del permiso de conducir.

Por el segundo delito:

Seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y

Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años y seis meses, lo que comporta la pérdida de vigencia del permiso de conducir.

Todo ello con el pago de las costas procesales causadas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia, por el Procurador Sr. Fernández Martínez, actuando en nombre y representación de Isidoro, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días al Ministerio Fiscal, que lo impugnó.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial el día 4 de abril de 2011, se formó el correspondiente rollo de apelación y se señaló el día de hoy para la deliberación, votación y fallo.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y dan por reproducidos íntegramente los que como tales figuran en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el recurrente contra al Sentencia nº 513/2010 de 20.12.10, del Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid, por la que se le condena como autor responsable de un delito contra la seguridad vial y un delito contra la negativa a la práctica de la prueba de alcoholemia, en síntesis, alegando tres argumentos, a saber, (a) error en la apreciación de la prueba, (b) vulneración del principio "no bis idem" por haberse condenado por delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379.2º y por delito de desobediencia del artículo 383 del C. Penal, y (c) por inaplicación de la Disposición Transitoria Primera de la LO 5/2010 y art. 385 ter del Código Penal .

Daremos respuesta ordenada a cada uno de los motivos de impugnación expuestos.

SEGUNDO

Alega en primer término la parte apelante, error en la apreciación de la prueba. La construcción del recurso de apelación penal como una...

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