SAP Alicante 162/2011, 6 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución162/2011
Fecha06 Abril 2011

1 Audiencia Provincial Sección 5ª Rollo nº 638-B-2010

SENTENCIA NÚM. 162

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante seis de abril de dos mil once.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1.740/09, sobre Impugnación de Acuerdos, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia Nº Uno de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante D. Salvador, representada por el Procurador D. Enrique de la Cruz LLedó y dirigido por el Letrado D. Salvador . Y como apelada y demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS "RESIDENCIAL DIRECCION000 ", representada por el Procurador D. Jorge Bonastre Hernández y dirigida por el Letrado D. Francisco Such Ronda .

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº Uno de Benidorm en los autos de Juicio Ordinario nº 1.740/09, se dictó en fecha 23-09-2010, resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Roglá Benedito, en nombre y representación de D. Salvador, debo absolver y absuelvo de todos sus pedimentos a la demandada Comunidad de Propietarios Residencial DIRECCION000 Hills-Altea. Las costas se imponen a D. Salvador ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación nº 638-B/2010 señalándose para votación y fallo el pasado día 05-04-2011.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso el actor muestra su disconformidad con la sentencia que desestima la pretensión de nulidad del punto 8ª del acuerdo de la Comunidad de Propietarios de 19 de junio de 2009, que se refiere a la autorización para la instalación de un cerramiento en pasillo comunitario al infringir lo dispuesto en el apartado F y L de los Estatutos, solicitando en su recurso que se estime la demanda y en consecuencia se declare nulo el acuerdo y se obligue a la comunidad a adoptar los acuerdos y medidas necesarias para la efectiva retirada del cerramiento, con expresa imposición de costas.

Que el pasillo es elemento común no ofrece discusión, y así se admite por las partes, ahora bien en determinados supuestos se permite esa alteración de los elementos comunes, bien porque se apruebe por acuerdo unánime de la Comunidad, o bien cuando los Estatutos por los que se rige la Comunidad permitan expresamente al propietario la facultad de agrupar o unir materialmente dos viviendas sin necesidad de autorización, que comprende también la de incorporar a la vivienda resultante el rellano distribuidor de planta, siempre y cuando esté independizado de la circulación del edificio y, por tanto, tal espacio solo sea utilizable por las viviendas que se agrupen o se comuniquen físicamente. Supuesto que es el contemplado en autos, pues en el apartado D de los Estatutos se...

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