SAP Barcelona 359/2011, 2 de Mayo de 2011

PonenteCARLOS ALBERTO MOLINA SOLANO
ECLIES:APB:2011:5246
Número de Recurso160/2010
ProcedimientoAPELACIóN PENAL
Número de Resolución359/2011
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEXTA

BARCELONA

APELACIÓN PENAL Nº 160/2010-P

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 389/2007

JUZGADO PENAL Nº 16 BARCELONA

SENTENCIA

Ilma. Sra. Magistrada e Ilmos. Sres. Magistrados

D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

D.ª MARÍA DOLORES BALIBREA PÉREZ

D. CARLOS ALBERTO MOLINA SOLANO

En la ciudad de Barcelona, a 2 de Mayo de 2011

Visto ante esta Sección el Rollo de Apelación nº 160/2010, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 2 de Junio de 2010, dictada por el Juzgado Penal nº 16 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 389/2007 de los de dicho órgano jurisdiccional, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico, contra D. Benedicto, representado por el Procurador de los Tribunales

D. Francisco Bertrán Santamaría y defendido por el Letrado D. Alexandre Calvo i Borrego. Con el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública. Pendiente dicho procedimiento ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación del Sr. Benedicto en fecha 17 de Junio de 2010, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS ALBERTO MOLINA SOLANO, quien expresa el parecer unánime de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal antes citado y con fecha 2 de Junio de 2010 se dictó Sentencia, cuyo tenor literal es el que sigue: "FALLO: CONDENO a Benedicto como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad en el tráfico, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de 8 meses a razón de 10 euros día con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas (artículo 53 del CP ) y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 1 año y 4 meses, así como al pago de las costas procesales". .

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso a 17 de Junio de 2010 recurso de apelación por la representación procesal del Sr. Benedicto . En su escrito, tras formular los fundamentos de los recursos que tuvo por pertinentes, interesó la revocación de la Sentencia y, en su lugar, el dictado de nueva resolución, en sentido absolutorio para el apelante. Contra dicho recurso se opuso la Fiscalía mediante escrito de 2 de Julio de 2010, en petición de desestimación del recurso y confirmación de la sentencia apelada.

TERCERO

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, para resolución del recurso. Recibidos los Autos y registrados en esta Sección y sin celebrarse vista pública, al no solicitarse ni estimarse necesaria, quedaron los mismos para sentencia. .

CUARTO

Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

SEGUNDO

Expuesto de manera imbricada con consideraciones particulares, de lo alegado se desprende una petición en cuanto a una supuesta existencia de error en la valoración de la prueba y vulneración de la presunción de inocencia (alegaciones 2ª, 4ª y 5ª).

En principio debemos matizar, tal y como recogen las sentencias del Tribunal Supremo de 31 de octubre de 1987, 7 de mayo y 2 de diciembre de 1988, 16 de febrero y 16 de marzo de 1989, que por lo general resulta conceptualmente incompatible la conjunta invocación del principio de presunción de inocencia y el error facti en la...

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