SAP Valencia 298/2011, 30 de Mayo de 2011

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2011:3208
Número de Recurso123/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución298/2011
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

1 Rollo nº 000123/2011

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 298

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimo Señor Magistrado Ponente:

DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

En la Ciudad de Valencia, a treinta de mayo de dos mil once.

Vistos, por el Ilmo.Sr. DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO, Magistrado de la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000185/2010, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ONTINYENT, entre partes; de una como demandado - apelante/s Felix (COMO PADRE DEL MENOR Isidro ) representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA DEL PILAR SEMPERE BELDA; de otra como demandante - apelado/s María del Pilar y de otra como demandada- apelada LA UNION ALCOYANA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ONTINYENT, con fecha 23 de septiembre de 2010, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Estimo la demanda formulada por Doña María del Pilar, contra Don Isidro y la mercantil aseguradora La Unión Alcoyana, y condeno a dichos demandados a que firme que sea esta sentencia, hagan solidariamente pago al demandante de:-1.108,54 euros y los intereses legales respecto a Don Felix y los previstos en el artículo 20 LCS, respecto de la aseguradora codemandada. Con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación del demandado Don Felix como padre del menor Isidro se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 25 de mayo de 2011 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte demandada contra la sentencia de instancia la impugna al considerar, en primer lugar, que infringe el artículo 443-2 en relación con el artículo 7-1 y 2 de la L.E.C . al no estimar la excepción de falta de legitimación pasiva de Isidro, y, en segundo lugar que no valora en debida forma la prueba aplicada en cuanto a la dinámica de la colisión, por lo que interesa su revocación y, por contra, se dicte nueva sentencia que estime la excepción y, subsidiariamente, se desestime la demanda y se le absuelva de la pretensión ejercitada. Entrando en el enjuiciamiento de los motivos de apelación, este tribunal debe centrarse en el primero de ellos que afecta a la excepción de falta de legitimación pasiva del demandado, entendida como falta de representación para comparecer en juicio al ser menor de edad al tiempo de interponer la demanda como se acredita con el libro de familia que se presentó en el acto de la vista. La demanda la interpone doña María del Pilar en reclamación del importe de 1.108,54 # por daños causados en su vehículo en un accidente de circulación ocurrido el día 11 noviembre 2009 en el que intervino el ciclomotor Cagiva Mito, matricula ....-QSL, que conducía Isidro, dirigiéndola contra este y la aseguradora Unión Alcoyana. Admitida a trámite la demanda y convocada la vista compareció el padre del demandado y planteó la excepción de falta de legitimación pasiva al ser menor de edad aportando copia del libro de familia y del DNI que acrediten que nació el 16 diciembre 1992, circunstancia esta que también constaba en el parte de declaración amistosa aportado por la demandante, con lo que se acreditaba que a la fecha de interposición de la demanda el demandado tenía 17 años de edad. La sentencia de...

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