STSJ Comunidad de Madrid 373/2011, 12 de Mayo de 2011
Ponente | JOSE LUIS QUESADA VAREA |
ECLI | ES:TSJM:2011:10160 |
Número de Recurso | 1164/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 373/2011 |
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00373/2011
SENTENCIA No 373
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Da. Berta Santillán Pedrosa
En Madrid, a doce de mayo de dos mil once.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo núm. 1164/2008, interpuesto por «CONSTRUCCIONES SIERO, S.A.», representada por el Procurador D. Rodrigo Pascual Peña, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de fecha 24 de octubre de 2008, desestimatoria de la reclamación núm. 28/6380/2004 contra liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales; siendo parte demandada el Abogado del Estado y el Letrado de la Comunidad de Madrid.
Previos los oportunos trámites, el Procurador D. Rodrigo Pascual Peña, en representación de la parte recurrente, formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó se dictara sentencia anulando la resolución recurrida.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que consideró oportunos, solicitó la inadmisión y, subsidiariamente, la desestimación del recurso.
El Letrado de la Comunidad de Madrid, en el trámite de contestación a la demanda, solicitó igualmente la inadmisión y, subsidiariamente, la desestimación de las pretensiones del actor con expresa imposición de costas.
No considerándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término para concluir por escrito.
Se señaló para votación y fallo el 7 de abril de 2011, en que tuvo lugar.
En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales esenciales.
Es ponente el Magistrado D. José Luis Quesada Varea.
El presente pleito tiene por objeto la impugnación de la resolución del Tribunal EconómicoAdministrativo Regional que desestimaba la reclamación formulada por la actora, la entidad «Construcciones Siero, S.A.», contra la liquidación provisional del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales devengado con ocasión de la compra de dos fincas urbanas.
Por evidentes razones sistemáticas debe resolverse en primer término la causa de inadmisibilidad del recurso deducida por el Abogado del Estado y el Letrado de la Comunidad de Madrid, consistente en la falta de representación de la entidad recurrente conforme al art. 69 b) en relación con el art. 45.2 d), ambos de la LJCA, conforme a la interpretación ofrecida por la STS de 5-11-2008 .
La demandada, pese a haber recibido traslado de los escritos de contestación a la demanda en que se suscitaba dicha cuestión, no ha formulado alegación alguna al respecto en trámite de conclusiones ni ha subsanado el eventual defecto procesal haciendo uso de la facultad que le otorga el art. 138.1 LJCA .
La doctrina contenida en la STS de 5-11-2008, emitida por el Pleno de la Sala, y su posterior ratificación en otras resoluciones (SS de 23-12-2008, 5-1-2009, 6-5-2009, 13-5-2009, 23-7-2009
, 15-12-2009, 27-1-2010, 9-2-2010, 2-3-2010, 3-3-2010, 5-5-2010, 25-5-2010, 11-2-2011 y 18-3-2011 ), ha de condicionar el pronunciamiento de esta Sección en virtud del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 1 de Julio de 2013
...Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso administrativo tramitado bajo el numero 1164/2008 frente a la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 24 de octubre de 2008 dictada en la reclamación 28/63......