STSJ Galicia 475/2011, 12 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución475/2011
Fecha12 Mayo 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00475/2011

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4446/2009

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MENDEZ BARRERA

JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ

A Coruña, 12 de mayo de dos mil once.

En el recurso contencioso-administrativo que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Constantino, representada por D. José Martín Guimaraens Martínez y dirigida por D. Manuel Sánchez Souto, contra resolución de 16-6-09 que declara ilegalizables las obras de construcción de vivienda unifamiliar en el camiño DIRECCION000 NUM000, Maianca, Oleiros, ordenando su demolición. Es parte como demandada la Consellería de Medio Ambiente, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta. Es parte como codemandada el Ayuntamiento de Oleiros, dirigida por D. Carlos Hernández López. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El representante procesal de don Constantino interpone recurso contenciosoadministrativo contra la resolución que, por delegación de su titular, dictó el secretario xeral de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras el 16.06.09, que confirmó la que dictó el 15.10.07 su director xeral de Urbanismo, sobre declaración de ilegalizable y orden de demolición de la vivienda unifamiliar que aquél ejecutaba en el número NUM000 del Camiño DIRECCION000, en el lugar de Maianca (Oleiros), con orden de reposición del terreno no urbanizable a su estado primitivo.

SEGUNDO

Admitido el recurso a trámite, se han presentado los escritos de demanda y contestación, a los que ha seguido la práctica de la prueba documental y testifical propuesta, tras lo cual se han presentado los escritos de conclusiones y se ha declarado finalizado el debate procesal.

TERCERO

Mediante providencia de 26.04.11 se ha señalado el día 05.05.11 para la votación y fallo, que ha tenido lugar en esa fecha. CUARTO .- Se han observado todas las prescripciones legales.

Es ponente el señor magistrado don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A raíz de una denuncia formulada por agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Oleiros, se detecta que en el mes de diciembre de 2006 estaba construyendo don Constantino, sin licencia municipal, una vivienda unifamiliar en el número NUM000 del Camiño DIRECCION000, en el lugar de Maianca de ese municipio, y puesto que el suelo donde se ejecutada estaba clasificado como no urbanizable y no constaba la autorización autonómica previa, se ordena la suspensión de las obras en curso de ejecución y la remisión del expediente al órgano autonómico competente, que acuerda el 10.04.07 que se inicie el procedimiento de disciplina urbanística, con audiencia del interesado, y que finaliza por resolución del director xeral de Urbanismo de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en la que declara que esas obras no son legalizables, por lo que ordena su demolición y la reposición del terreno a su primitivo estado, resolución confirmada por la del secretario xeral de 16.06.09 que aquí se impugna.

La demanda admite que las obras denunciadas carecían de licencia municipal y de autorización autonómica y que, por ello, se produjo la infracción, pero que está prescrita, a lo que añade que consistieron en el acondicionamiento de la fachada y de la cubierta y en el aseguramiento de un murete y que, como en las proximidades de la finca existen otras viviendas, debe considerarse aquélla...

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