SAP León 173/2011, 11 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución173/2011
Fecha11 Mayo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00173/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de LEON

N01250

C., EL CID, 20

- Tfno.: 987/233159 Fax: 987/232657

N.I.G. 24089 37 1 2011 0201636

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000145 /2011

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LA BAÑEZA

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000360 /2010

Apelante: Fátima

Procurador: AGUSTIN GONZALEZ ALVAREZ

Abogado: RODOLFO SÁNCHEZ PRIETO

Apelado: Felix

Procurador: MARIA PAZ DOLORES SEVILLA MIGUELEZ

Abogado: MIGUEL GARCÍA LÓPEZ

S E N T E N C I A Nº 173 /11

Iltmos. Sres.

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.-Magistrado

D. Mª DEL PILAR ROBLES GARCÍA.- Magistrada .

En León, a once de mayo de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Juicio Verbal 360/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de La Bañeza, a los que ha correspondido el Rollo 145/2011, en los que aparece como parte apelante Dª Fátima

, representada por el Procurador D. Agustín González Álvarez y asistida por el Letrado D. Rodolfo Sánchez Prieto, y como parte apelada, D. Felix, representado por la Procuradora Dª Maria Paz Dolores Sevilla Miguelez y asistido por el Letrado D. Miguel García López, sobre recobrar la posesión, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 11 de enero de 2011 cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Desestimando totalmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Agustín González Álvarez, en nombre y representación de Fátima, contra Felix, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo al demandado de los pedimentos formulados en su contra, con imposición de costas a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Fátima y dado traslado a las demás partes personadas ante el Juzgado, por la representación de D. Felix se presentó escrito de oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección y señalándose para la fecha de deliberación el día .

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la sentencia de instancia que desestima la demanda, en la que se ejercitaba acción para recobrar la posesión con carácter sumario con el fin de recuperar el paso, interrumpido por la construcción de un muro de bloques que impide según la apelante el acceso a su propiedad, a través del camino de servicio por el que desde tiempo inmemorial se había accedido.

La finalidad del actual procedimiento de Juicio Verbal para recobrar la posesión, antiguo Interdicto de Recobrar, no es otra que la de amparar a cualquier poseedor o tenedor de la cosa o derecho, quien de acuerdo con el art. 446 del C Civil, tiene derecho a ser respetado en su posesión, y si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento...

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