SAP A Coruña 223/2011, 19 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución223/2011
Fecha19 Mayo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

A CORUÑA

SENTENCIA: 00223/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

SECCIÓN SEXTA

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 445/2010

Ilmo/s. Sr/es. Magistrado/s:

Dª LEONOR CASTRO CALVO, PRESIDENTE

D. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO

D. JOSÉ GÓMEZ REY

SENTENCIA

NÚM. 223/11

En Santiago de Compostela, a diecinueve de Mayo de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª, de la Audiencia Provincial de A Coruña, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 344/2009, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PADRON, a los que ha correspondido el Rollo de apelación civil nº 445/2010, en los que aparece como parte apelante, "CAMPONABAL S.L." representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. AVELINO CALVIÑO GOMEZ y asistido por el Letrado Dª. ROSA MARÍA PÉREZ FERNÁNDEZ, y como parte apelada, D. Gabino representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA SOLEDAD SANCHEZ SILVA y asistido por el Letrado D. PEDRO TREPAT SILVA, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Dª LEONOR CASTRO CALVO, quien expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PADRON, por el mismo se dictó sentencia con fecha 8 de junio de 2010, cuyo Fallo dice: "Se desestima la demanda formulada por el Procurador Sr. Calviño Gómez, en representación de la entidad "CAMPONABAL, S.L.", contra D. Gabino, representado por la Procuradora Sra. Sánchez Silva, absolviendo al demandado de todas las peticiones contra el mismo deducidas y con imposición de las costas del presente procedimiento a la parte actora".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de "CAMPONABAL S.L." se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y celebrándose la correspondiente deliberación, votación y fallo el pasado día 13 de abril de 2011. TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

PRIMERO

En la demanda rectora del procedimiento, la entidad actora "CAMPONABAL, SL" como propietaria de la finca a solar que se describe en el hecho primero de la demanda (en la que proyectaba la construcción de un edificio) ejercitaba acción de deslinde respecto de el propietario de la finca colindante D. Gabino, a la que acumulaba una indemnización de daños y perjuicios provocados por la paralización de las obras.

La sentencia, tras valorar la prueba llevada a cabo, desestima la demanda en su integridad, razonando que no puede prosperar la acción de deslinde en la medida en que no hay confusión de linderos, ni se cumplen los requisitos legales, dado que tan sólo se cita al demandado sin llamar a la litis a los restantes colindantes. Desestima igualmente la acción resarcitoria, razonando que el demandado no ha incurrido en negligencia de tipo alguno ni ha desatendido ninguna obligación, señalando que tan sólo ha defendido su derecho de propiedad. Argumentando que los conceptos indemnizatorios que se reclaman carecen de soporte probatorio pues ni se ha probado la existencia de los perjuicios alegados, que en la mayoría de los casos son futuros e hipotéticos, careciendo además las cantidades solicitadas de justificación

Recurre en apelación el demandante alegando error en la valoración de la prueba, especialmente con relación a la testifical. Centrando su argumentación únicamente con relación a los daños y perjuicios que se le derivaron de la paralización de la obra, sin hacer mención alguna al deslinde. Concretamente señala que la prueba testifical y documental llevada a cabo...

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