SAP Valencia 331/2011, 26 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 331/2011 |
Fecha | 26 Mayo 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN UNDÉCIMA
VALENCIA
NIG: 46250-37-2-2011-0000916
Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000172/2011- L - Dimana del Juicio Verbal Nº 000412/2010
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA
Apelante: ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
Procurador: GUADALUPE PORRAS BERTI
Letrado: PABLO SOLER ALVAREZ
Apelado: D. Gabino y D. Luis,
Procurador : Mª TERESA SANCHEZ MOYA
Letrado: ALINA COLOMAR MARTINEZ
Apelado: D. Simón
Dª Reyes
SENTENCIA Nº 331/2011
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MAGISTRADO
ILMO. SR. D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA
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En Valencia, a veintiseis de mayo de dos mil once.
Vistos por mí, ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA, Magistrado de la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, constituido en Tribunal Unipersonal en los autos de Juicio Verbal nº 412/2010, promovidos por
D. Gabino y D. Luis contra D. Simón, Dª Reyes y ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A. sobre "responsabilidad extracontractual en la circulación de vehículo a motor", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representado por el Procurador Dña. GUADALUPE PORRAS BERTI y asistido del Letrado D. PABLO SOLER ALVAREZ contra
D. Gabino y D. Luis, representados por el Procurador Dña. Mª TERESA SANCHEZ MOYA y asistido del Letrado Dña. ALINA COLOMAR MARTINEZ y contra D. Simón y Dª Reyes .
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA, en fecha 25-5-10 en el Juicio Verbal nº 412/2010 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por D. Luis y D. Gabino, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Teresa Sánchez Moya, contra D. Simón y Dª Simón, declarados en rebeldía, y contra la compañía aseguradora Allianz, S.A., representado por la Procuradora Dª Guadalupe Porras Berti, sobre reclamación de cantidad, debo: 1) condenar y condeno a dichos demandados a que, solidariamente, abonen a los demandantes la cantidad de 2.899'10 euros, y al pago de los intereses legales correspondientes de dicha cantidad en la forma indicada en el fundamento jurídico cuarto. 2) con expresa imposición de las costas causadas a los demandados.".
Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A., y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de D. Gabino y D. Luis . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se sustanciaron los trámites preceptivos del recurso ante esta segunda instancia, quedaron conclusas las actuaciones, señalándose a tal fin el día 25 de Mayo de 2.011.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Se aceptan los razonamientos de la resolución recurrida, y.
Este procedimiento se inició por la demanda en reclamación de la suma de 2899,10 #., derivados de los daños percibidos en el vehículo, propiedad del actor y conducido por el otro demandante, en la colisión ocurrida en la rotonda existente en el cruce de las calles Menorca y Pintor Maella de esta ciudad. Habiéndose dictado Sentencia en la que el Juez a quo estimó la demanda al concluir que, después de analizar la prueba practicada, el accidente se había producido por culpa de la conductora del turismo BMW., que no respetó la obligación de detenerse ante un semáforo en rojo que regulaba la circulación por la rotonda por la que circulaba y por tanto al concluir que la colisión se produjo como consecuencia de esa negligente maniobra, aceptando la cuantificación de los daños materiales percibidos por el vehículo, condenó a los demandados a pagar solidariamente en la cantidad reclamada. Ante esta resolución por la representación de la parte demandada se formuló recurso de apelación, alegando en síntesis: contrariamente a lo que mantiene la Sentencia la prueba practicada no proporciona base suficiente para la estimación de la demanda, por cuanto el testigo no tenía la fiabilidad necesaria ya que existen tres razones para dudar de su imparcialidad: es hijo del demandante, hermano del otro y ocupante del...
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