STSJ Aragón 311/2011, 1 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 311/2011 |
Fecha | 01 Junio 2011 |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00311/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
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Rollo de apelación Nº 37/ 2010
SENTENCIA Nº 311 DE 2011
Ilmos. Srs.:
Presidente
D. Jaime Servera Garcías
Magistrados
D. Eugenio Esteras Iguacel
D. Fernando García Mata
En nombre de S.M. el Rey.
Zaragoza, uno de junio de dos mil once.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, en grado de apelación, el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Nº Dos de Zaragoza con el número 149/2009, Rollo de apelación Nº 37/2010, a instancia del aquí apelante, Evelio, representado por el Procurador D. Carlos M. Moreno Pueyo y defendido por el Letrado D César Ciriano Vela; contra la Administración estatal, apelado en esta instancia, representada y defendida por el Abogado del Estado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.
Con fecha 11 de diciembre de 2009, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº. Dos de Zaragoza, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "FALLO. Que debo desestimar y desestimo en su totalidad el recurso interpuesto por Evelio, contra la resolución del Subdelegado del Gobierno en Zaragoza de 17-2-2009, que confirmó la de 16-12-2008 que había impuesto al recurrente una sanción de expulsión con prohibición de entrada por cinco años en España, no habiendo lugar a hacer expresa condena de las costas del recurso".
Notificada dicha sentencia a las partes, por el Procurador indicado en la representación también señalada, se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y, dado traslado a la parte contraria formuló, igualmente en tiempo y forma, alegaciones oponiéndose a dicho recurso, siendo remitidas las actuaciones junto con el expediente administrativo a esta Sala.
Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas las partes, fue admitido a trámite señalándose para la votación y fallo del mismo el día 25 de mayo pasado, en que tuvo lugar.
Se aceptan los antecedentes de hecho y razonamientos jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan los siguientes
Frente a dicha sentencia interpone el demandante en la instancia, ciudadano de nacionalidad Liberiana, el presente recurso de apelación en el que solicita su revocación, con anulación de la resolución administrativa confirmada por la misma, pretensión que, en síntesis, fundamenta, discrepando de la valoración de las circunstancias de hecho concurrentes efectuada por el Juez de instancia, en la alegación única de concurrencia de la...
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