SAP Alicante 359/2011, 3 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 03 Junio 2011 |
Número de resolución | 359/2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN PRIMERA
ALICANTE
PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta
Tfno: 965.93.59.39-40
Fax: 965.93.59.51
NIG: 03014-37-1-2010-0005671
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 000052/2010- - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000088/2010
Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALICANTE
SENTENCIA Nº 359/2011
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Ilmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ
Magistrados/as
D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO
D. ALBERTO FACORRO ALONSO
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En Alicante a Tres de junio de 2011
La Sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el numero 000088/2010 por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALICANTE y seguida por delito de Tráfico de drogas, contra Jose Ángel, con D.N.I. NUM000, vecino de MUTXAMEL (ALICANTE), CALLE000, NUM001, nacido en ALICANTE, el 06/03/67, hijo de FRANCISCO y de FRANCISCA representado/s por el/la Procurador/a Sr./a. JORGE BONASTRE HERNANDEZ, y defendido/s por el/la Letrado/a Sr./a. JAVIER LLOPIS CARTAGENA ; en libertad por ésta causa, siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por D/Dª D. RICARDO HERNANDEZ HERNANDEZ, actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ.
En sesión que tuvo lugar el día 2/6/11 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número 000088/2010 por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALICANTE
, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.
El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un Delito Contra la Salud Publica del art. 368 del C. Penal, con la agravante de reincidencia del art. 22.8ª CP, solicitando la imposición al acusado de la pena de prisión de 7 años, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, y multa de 200 euros. Costas y comiso de las sustancias y del dinero.
La defensa del acusado en sus conclusiones definitivas solicitó la libre absolución de su defendido por entender no había incurrido en delito alguno.
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HECHOS PROBADOS
Sobre las 3,35 horas del día 16 de febrero de 2010, Agentes de la Policía Nacional se encontraba prestando servicio de vigilancia por la Avenida de la Condomina, de Alicante, porque se habían producido varios robos en la zona en días anteriores, observando a un individuo en uno de los vehículos aparcados, que resultó ser Jose Ángel, mayor de edad y con antecedentes penales por condena por delito contra la salud pública, en sentencia firme de 4-4-2006, a la pena de 3 años de prisión, suspendida por 3 años), procediendo al registro del mismo, encontrándole envoltorios que parecían contener sustancia estupefaciente, que analizada resultó ser: 2 papelinas con 0,635 gramos de cocaína, con pureza del 34,5%; 2 papelinas de 0,63 gramos de anfetamina, con pureza del 16,3%; dos cogollos de 0,4 gramos de cannabis sativa, con pureza del 10,4% y un trozo de hachis de 2,1 gramos, con pureza 13,1%.
El precio de las papelinas de cocaína es de 20 euros en el mercado ilícito; y el del hachis, de 20 euros.
Jose Ángel es consumidor de sustancias estupefacientes
La aplicación del artículo 368 del Código penal, precisa que la droga esté preordenada al
tráfico y no al autoconsumo y el tránsito del acto impune a la conducta antijurídica se produce a través de la potencial vocación al tráfico, siendo en este ánimo tendencial donde reside el núcleo delictivo del tipo. Este elemento subjetivo del injusto encierra un juicio de valor que ha de apoyarse en las circunstancias concurrentes en cada supuesto concreto para determinarlo ( s.T.S. 11-2-87 ; 9-5-88 ; 30-10-89 ; 24-5-97 ; 17-12-98 ).
El caso enjuiciado plantea la duda racional acerca del destino que el acusado Jose Ángel pensaba dar a la droga que portaba, que...
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