STSJ Comunidad de Madrid 551/2011, 29 de Junio de 2011

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2011:7783
Número de Recurso696/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución551/2011
Fecha de Resolución29 de Junio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00551/2011

SENTENCIA Nº 551

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Gregorio del Portillo García

En la Villa de Madrid a veintinueve de junio de dos mil once

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso-administrativo nº 696/09, interpuesto -en escrito presentado el 24 de julio de 2009-por el Procurador D. Manuel Lanchares Perlado, actuando en nombre y representación de "BAYER CROPSCIENCE, S.L." (y otra para la que se inadmitió el recurso), contra la Resolución delegada de la Secretaría General de Medio Rural de 5 de mayo de 2009 (cuya fecha de notificación no consta), por la que se declara inadmisible el recurso de alzada deducido frente a la desestimación presunta de su solicitud de cancelación y retirada de los productos formulados por la TASK FORCE (integrada por AFRASA, SAPEC AGRO, PROPLAN, PROBELTE y AGRODAN) y "HELM AG" conteniendo fosetil.

Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, habiéndose personado como codemandadas "INDUSTRIAS AFRASA, S.A.", PROBELTE, S.A." "PROPLAN PLANT PROTECTION CO, S.L.", "SAPEC AGRO, SAU" y "AGRODAN, S.A.", actualmente "CHEMINOVA AGRO, S.A.", todas ellas representadas por la Procuradora Dña. Teresa Castro Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anule las Resoluciones recurridas, se tengan por canceladas y retiradas las autorizaciones de titularidad de la FATF de los productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa fosetil, se inscriba en el Registro Oficial de Productos y material Fitosanitario del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino la cancelación de dichas autorizaciones, se adopten las medidas para la inmediata retirada del mercado de los productos fitosanitarios amparados por tales autorizaciones y se le indemnice de los perjuicios causados.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó la demanda en escrito en el que interesaba la inadmisibilidad del recurso (art. 69.c ) LJCA) respecto de " BAYER CROPSCIENCE AG" en razón de que el recurso de alzada cuya inadmisión aquí se impugna fue interpuesto únicamente por " BAYER CROPSCIENCE S.L.", y, respecto de esta última igualmente la inadmisibilidad del recurso en aplicación del art 69.b) LJCA por no haber aportado el correspondiente acuerdo societario acreditativo de su decisión de accionar contra la actuación impugnada, y, en su caso, inadmisibilidad parcial (por desviación procesal, al no haberse formulado en sede administrativa) de tres de las pretensiones: 1) se inscriba en el Registro Oficial de Productos y material Fitosanitario del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino la cancelación de dichas autorizaciones,

2) se adopten las medidas para la inmediata retirada del mercado de los productos fitosanitarios amparados por tales autorizaciones y 3) se le indemnice de los perjuicios causados. Subsidiariamente, la desestimación del recurso.

La codemandada, tras plantear, como alegaciones previas, las causas de inadmisibilidad opuestas por la Abogacía del Estado, de las que sólo fue estimada la relativa la codemandante " BAYER CROPSCIENCE AG" en Auto (que devino firme), de 29 de julio de 2010 -en razón de que la actora (a la vista de la contestación del Abogado del Estado, en escrito presentado el 21 de abril de 2010 justificó documentalmente la decisión societaria de impugnación jurisdiccional) y en cuanto a las tres antedatadas pretensiones se rechazaba " sin perjuicio de la valoración jurídica que proceda de las mismas y que se plasmará en la sentencia" -, contestó la demanda mediante escrito en el que postuló la desestimación del recurso.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba y formulados escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 29 de junio de 2011, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso está íntimamente relacionado con el nº 860/09, interpuesto por "HELM AG", contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos de 28 de mayo de 2008 (confirmada en alzada por la de 28 de julio de 2009), por la que se revocaban los preparados que contenían fosetil-Al al no disponer de la documentación exigida para su inclusión en la lista comunitaria y, consiguientemente, no poder utilizarla en la formulación de productos fitosanitarios inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario y en el que se personó la aquí actora como codemandada, recurso que fue inadmitido -acogiendo la causa de inadmisibilidad opuesta tanto por el Abogado del Estado como por la aquí actora: art. 69 .b) en relación con el art. 45.2.d) LJCA, al no haber subsanado el defecto de personación la allí demandante- en Sentencia nº 230, de 23 de marzo del presente año 2011, frente a la que se ha preparado recurso de casación.

La Resolución de 5 de mayo de 2009 -aquí recurrida- inadmite el recurso de alzada deducido por la actora en razón de que su solicitud de cancelación y retirada de los productos formulados por las codemandadas y por "HELM AG" conteniendo fosetil (6 de junio de 2008) se...

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