SAP Santa Cruz de Tenerife 226/2011, 16 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución226/2011
Fecha16 Junio 2011

SENTENCIA

Rollo n.o 229/11.

Autos n.o 660/08

Juzgado de 1a Instancia n.o UNO de la Laguna.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Dona Pilar Aragón Ramírez.

===========================

En Santa Cruz de Tenerife, a dieciseis de junio de dos mil once.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes resenados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.o UNO de la Laguna, en los autos n.o 660/08, seguidos por los trámites del juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por D. Leoncio, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Da. Ma de los Ángeles García Sanjuan Fernández del Castillo y dirigido por el Letrado D. Manuel García de Mesa, contra Da. María Luisa, Da. Eufrasia, representadas en primera instancia por el Procurador D. Francisco Toledano Toledano y dirigidas por el Letrado D. José María Pérez Ventura, y contra D. Jesus Miguel, que ha comparecido ante este Tribunal representado por el Procurador D. Claudio García del Castillo y dirigido por la Letrada Da. Ana Perera Concepción, y contra la entidad mercantil GRUPO DE MEDIOS TENERIFE, S.L., que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Da. Montserrat Padrón García y dirigida por el Letrado D. Juan Miguel Munguía Torres, y con la intervención del MINISTERIO FISCAL; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado- Juez Da. Eva Esther Juárez Fernández, dictó sentencia el veintiocho de mayo de dos mil diez, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Dona María de los Ángeles García Sanjuan, contra Dona María Luisa y Dona Eufrasia, representadas por el Procurador Don Francisco Toledano Toledano, Don Jesus Miguel, representado por el Procurador Don Claudio García del Castillo, y Grupo de Medios de Tenerife, S.L. representado por el Procurador Dona Elena Lara Rodríguez: 1.- Debo declarar y declaro que los demandados Don Jesus Miguel y Grupo de Medios de Tenerife, S.L. han cometido intromisión ilegítima en el honor de Don Leoncio, al haber creado y divulgado unos hechos inveraces que afectan a su reputación y buen nombre, desmereciéndolo gravemente en la consideración ajena.

  1. - Debo condenar y condeno a Don Jesus Miguel y Grupo de Medios de Tenerife, S.L. a indemnizar conjunta y solidariamente al actor la cantidad de 3.000 euros a que se considera ascienden los danos y perjuicios causados al mismo.

  2. - Condenar a la entidad Grupo de Medios de Tenerife, S.L., como duena del medio Azul Televisión, hoy El Día Televisión, a la difusión de la parte dispositiva de esta sentencia, una vez que sea firme la misma, dentro de los diez días siguientes a que se requiera a su director, y en un programa...

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