SAP Pontevedra 110/2011, 28 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución110/2011
Fecha28 Junio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00110/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de PONTEVEDRA

Domicilio: ROSALIA DE CASTRO,Nº 5 - PALACIO DE JUSTICIA

Telf: 986805137/36/38/39

Fax: 986805132

Modelo: 213100

N.I.G.: 36038 51 2 2010 0002462

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000042 /2011 -P. Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 3 de PONTEVEDRA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000222 /2010 RECURRENTE: Felicisimo

Procurador/a: MARIA DOLORES ABELLA OTERO

Letrado/a: JUAN MARTINEZ BAULO

RECURRIDO/A: Gabriel

Procurador/a: GABRIEL SANTOS CONDE

Letrado/a: JOSE RAMON PAZOS MACEIRAS

SENTENCIA

ILMOS/AS. SR./SRAS.

Presidente:

D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA

Magistradas

DÑA. NÉLIDA CID GUEDE

DÑA. CRISTINA NAVARES VILLAR

En PONTEVEDRA, a veintiocho de Junio de dos mil once.

VISTO, por esta Sección 004 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA : 0000222 /2010 del JDO. DE LO PENAL nº: 003 ; habiendo sido parte en él, como apelante Felicisimo, representado por la Procuradora María Dolores Otero Abella y defendido por el Letrado Juán Martínez Baúlo y como apelado Gabriel, representado por el Procurador GABRIEL SANTOS CONDE y defendido por el Letrado José Ramón Pazos Maceiras y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha veintisiete de Octubre de dos mil diez, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Felicisimo sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal como autor penalmente responsable de un delito de lesiones ya definido a la pena de un año y seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con imposición de costas; y a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a Gabriel en 22.243,86 euros.

Y debo absolver y absuelvo libremente a Gabriel de los hechos de los que se le acusaba".

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada y que se dan aquí por reproducidos.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para la deliberación, la que tuvo lugar el día 21 de Junio del actual.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente Felicisimo impugna la sentencia que le condena por un delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal .

El acusador particular Gabriel impugna el recurso de apelación e interesa se confirme la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Como es sabido, se viene reiteradamente proclamando que la prueba personal, partes y testigos se percibe directamente por la...

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