STSJ Comunidad de Madrid 620/2011, 6 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 620/2011 |
Fecha | 06 Julio 2011 |
SENTENCIA Nº 620
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
D. Gregorio del Portillo García
En la Villa de Madrid a seis de julio de dos mil once
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el recurso contenciosoadministrativo nº 440/10, interpuesto en su propio nombre y derecho y en escrito presentado el día 18 de junio de 2010 por D. Pedro, Cabo Primero Permanente de la categoría de Tropa y Marinería de la Armada, en servicio activo, contra la Resolución del Excmo. Sr. Almirante Jefe de Personal de 20 de julio de 2009 (confirmada presuntamente en alzada) por la se deniega su petición de que su Tarjeta de Identidad Militar se considere como Licencia de Armas tipo A.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase la resolución impugnada.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó la desestimación del recurso.
No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, ni el trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 5 de julio de 2011, teniendo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación. Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la Resolución impugnada, por la que se deniega la petición actora de que su Tarjeta de Identidad Militar sea considerada como Licencia de Armas tipo A, es, o no, conforme con el ordenamiento jurídico.
El actor funda su pretensión impugnatoria, y, consiguientemente, defiende su derecho a que su T.I.M. sea considerada Licencia de Armas tipo A ( art. 114 .a) del Reglamento de Armas aprobado por Real Decreto 137/93 ) en razón de que los militares de Tropa y Marinería cuando acceden a una relación de servicios de carácter permanente -como el recurrente- adquieren la condición de militar de carrera (art. 76.3 de la Ley 39/07 ), teniendo los militares designados en el referido apartado a) del art. 114 su mismo estatus funcionarial: militares de carrera, y el mismo empleo en el caso de los Cabos primeros especialistas veteranos de la Armada, por lo que se vulnera el principio de igualdad y, además, no es razonable la interpretación que del precepto se realiza por la Administración.
Esta Sala y Tribunal se ha pronunciado sobre la cuestión aquí planteada en tres sentencias, una de esta misma Sección Octava, dictada el 4 de julio de 2004 en el Rº 341/02 y dos de la Sección Novena: nº 85, de 26 de julio de 2006, dictada en el Rº 286/02 y nº 282, de 23 de octubre del mismo año,...
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