STSJ Castilla-La Mancha 443/2011, 4 de Julio de 2011

PonenteMANUEL JOSE DOMINGO ZABALLOS
ECLIES:TSJCLM:2011:1751
Número de Recurso232/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución443/2011
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00443/2011

Recurso nº 232/08

ALBACETE

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

Iltma. Sra. Dª Mª Belén Castelló Checa.

SENTENCIA Nº 443

En Albacete, a cuatro de Julio de dos mil once.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha los presentes autos, bajo el número 232/08 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de la entidad Agroceperos S.A., representada por el Procurador Sr. Vidal Valdés y dirigida por el Letrado Sr. Ramón Gómez, contra el Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, en materia de actos de proceso recaudatorio. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 21 de Febrero de 2008, recurso contencioso- administrativo contra la resolución del T.E.A.R. de 17 de Diciembre de 2007.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia de conformidad con lo interesado en el suplico de dicho escrito procesal.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Fijada la cuantía del recurso en 10.000,23 # y estimando innecesario el recibimiento del pleito a prueba, así como el trámite de vista o conclusiones, se señaló día y hora para votación y fallo, el 30 de Junio de 2011, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se dirige el recurso contra la resolución del T.E.A.R. de 17 de Diciembre de 2007, recaída en el procedimiento de reclamación económico-administrativa nº 2/870/2006, desestimatoria de la misma, que se había entablado frente al acuerdo de compensación de oficio nº 020630301169R dictado por el Delegado de la AEAT en Albacete, por el que se extinguían deudas de la demandante con providencias de apremio, claves de liquidación identificadas en la resolución del T.E.A.R. y por importes totales a ingresar (incluyendo principal más recurso de apremio ordinario) de 9.643,40 # y 720,00 #, obedeciendo respectivamente a liquidación practicada por la Confederación Hidrográfica del Segura en concepto de coste de ejecución subsidiaria y sanción impuesta por dicho organismo por instalación de valla en cauce de dominio público; extinción del débito por compensación del importe concurrente con el crédito reconocido a favor de Agroceperos S.A. por Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio de 2004.

Pretende la mercantil se dicte sentencia estimatoria del recurso, conteniendo los siguientes pronunciamientos:

  1. "Se declare la nulidad, anule o revoque, dejando sin efecto, por ser contraria a derecho, el acuerdo de compensación de créditos", dictado por la AEAT, así como la resolución del T.E.A.R. desestimatoria de la reclamación económico-administrativa de referencia.

  2. Se condene a la A.E.A.T. a abonar a la actora la cantidad de 10.000,23 # como consecuencia de la anulación del acuerdo de compensación, importe por el que se efectuó la compensación del crédito.

Arropa sus pedimentos dando su versión de los presupuestos fácticos precedentes a la resolución del T.E.A.R., en términos que no difieren del contenido de los "antecedentes" de dicha resolución desestimatoria de la reclamación, si bien con la particularidad de haberse dictado por esta misma Sala, Sección 2ª, la Sentencia nº 536, de 11 de Noviembre de 2008, recaída en los autos de Procedimiento Ordinario nº 927/04 y con pronunciamiento estimatorio del recurso interpuesto por Agroceperos S.A. contra la resolución de 24 de Septiembre de 2004, dictada por la Confederación Hidrográfica del Segura, imponiendo la sanción de...

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