STSJ Galicia 789/2011, 28 de Julio de 2011

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2011:6717
Número de Recurso4035/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución789/2011
Fecha de Resolución28 de Julio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00789/2011

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº4035/2008

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

A Coruña, veintiocho de julio de dos mil once.

En el recurso contencioso-administrativo PO 4035/2008 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por el Concello de O Pino, representado por D. José Martín Guimaraens Martínez y dirigido por D. José M. Roibas Vazquez, contra resolución de fecha 29 de octubre de 2007 del Director Xeral de patrimonio cultural . Es parte como demandada la "Consellería de cultura e deporte", representada y dirigida por el letrado de la Xunta de Galicia. Es parte como codemandada la Asociación de Propietarios del Suelo sector PP1 del Plan General de Ordenamiento Municipal de O Pino representada por D. Gabriel Arambillet Palacio y dirigida por D. Pedro González Boquete. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada y parte codemandada, se presentaron escritos de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 21 de julio de 2011.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra resolución de 29 de octubre de 2007 del director xeral de patrimonio cultural, por la que se incoa el expediente de delimitación del tramo de la ruta principal del camino de Santiago, camiño Francés, entre el lugar de Amenal y el límite del aeropuerto de Lavacolla en el municipio de O Pino.

SEGUNDO

No pueden ser acogidas las alegaciones de inadmisibilidad formuladas si se tiene en cuenta que, por un lado, el acto aquí objeto de impugnación es susceptible de originar efectos materiales desde su pronunciamiento dada su naturaleza y sentido. Se dicta precisamente en ejecución de lo decidido en resolución de la...

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