STSJ Galicia 771/2011, 28 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución771/2011
Fecha28 Julio 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00771/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚMERO 0004640/2007

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

Don José Antonio Méndez Barrera

Don José María Arrojo Martínez

Doña Cristina María Paz Eiroa

En la ciudad de A Coruña, a veintiocho de julio de dos mil once .

Vistos los autos de procedimiento ordinario seguidos ante esta Sala con el número 0004640/2007, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa, que ante esta Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido el procurador don José M. Guimaraens Martínez, en nombre y representación del Ayuntamiento de O Pino, en relación con la resolución de la Consejería de Cultura y Deporte de 17 de octubre de 2007 por la que se estima parcialmente el recurso de alzada interpuesto por la Asociación de Propietarios de Suelo del Sector PP1 del PGOM de O Pino (A Coruña) contra la resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 29 de marzo de 2007 relativa a la autorización del proyecto de urbanización del sector PP1 del PGOM del Ayuntamiento de O Pino y se acuerda realizar con carácter inmediato las actuaciones necesarias para la incoación del procedimiento de delimitación del Camino de Santiago entre Santiago de Compostela y O Pino.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El procurador don José M. Guimaraens Martínez, en nombre y representación del Ayuntamiento de O Pino, interpuso recurso contencioso-administrativo en relación con la resolución de la Consejería de Cultura y Deporte de 17 de octubre de 2007 por la que se estima parcialmente el recurso de alzada interpuesto por la Asociación de Propietarios de Suelo del Sector PP1 del PGOM de O Pino (A Coruña) contra la resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 29 de marzo de 2007 relativa a la autorización del proyecto de urbanización del sector PP1 del PGOM del Ayuntamiento de O Pino y se acuerda realizar con carácter inmediato las actuaciones necesarias para la incoación del procedimiento de delimitación del Camino de Santiago entre Santiago de Compostela y O Pino, que se tuvo por interpuesto providencia de fecha 17 de diciembre de 2007 por la que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.

SEGUNDO

Habiéndose recibido y examinado el expediente, por resolución de fecha 9 de abril de 2008 se acordó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por el procurador don José M. Guimaraens Martínez, en la representación dicha, escrito de demanda con fecha 27 de mayo de 2008 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba que "se sirva estimarlo, anulando la resolución recurrida por no ser ajustada a derecho" ; y habiéndose ordenado, en virtud de resolución de fecha 31 de julio de 2008, el traslado de la misma a la administración demandada, para que la contestase en el plazo de veinte días.

TERCERO

El procurador Letrado de la Xunta de Galicia, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación con fecha 3 de octubre de 2008 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de derecho que estimaba oportunos, suplicaba la desestimación de la demanda; y habiéndose ordenado también, por diligencia de 6 de noviembre de 2008, el traslado de la demanda a la codemandada comparecida, y presentado escrito de fecha 11 de febrero de 2009 por el procurador don Gabriel Arambillet Palacio, en nombre y representación de la Asociación de Propietarios de suelo del sector PP1 de O Pino, de oposición a la impugnación.

CUARTO

Por auto de 16 de noviembre de 2009 se acordó recibir...

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