SAP León 298/2011, 29 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución298/2011
Fecha29 Julio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00298/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de LEON

N01250

C/ EL CID, NÚM. 20

Tfno.: 987 23 31 35 Fax: 987 23 33 52

N.I.G. 24089 37 1 2011 0101765

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000218 /2011

Juzgado de procedencia: JDO.MERCANTIL.1(ANT.1A.INST.8) de LEON

Procedimiento de origen: INCIDENTE CONCURSAL COMUN 0000965 /2008

Apelante: ADMINISTRACION CONCURSAL DE PIZARRAS LOS TEMPLARIOS SA

Procurador: JUAN CARLOS MARTINEZ RODRIGUEZ

Abogado:

Apelado:

Procurador:

Abogado:

S E N T E N C I A Nº 298/11

ILMOS. SRES.:

D. MANUEL GARCÍA PRADA.- PRESIDENTE

D. RICARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ.- MAGISTRADO

Dª ANA DEL SER LÓPEZ.- MAGISTRADA

En la ciudad de León a veintinueve de julio de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de INCIDENTE CONCURSAL 965/2008, procedentes del JDO. MERCANTIL. 1(ANT.1A.INST.8) de LEON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 218/2011, en los que aparece como parte apelante, ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, PIZARRAS LOS TEMPLARIOS S.A., representado por el Procurador Sr. Martínez Rodríguez, asistido del Letrado Sr. Canal Rabaque, y como parte apelada, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representado y asistido por el Letrado de la Tesorería, Y PIZARRAS LOS TEMPLARIOS, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D./Dª MANUEL GARCÍA PRADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30 de Noviembre de 2010 se dictó por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de León

Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO.- ESTIMO PARCIALMENTE la demanda incidental deducida por la representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a quien debe serle reconocido como crédito contra la masa el importe de 60.298,82 euros, sin que proceda pronunciamiento de condena en costas, de manera que cada parte habrá de abonar las ocasionadas a su instancia, y las comunes si las hubiere por mitad."

SEGUNDO

Contra la mencionada Sentencia se interpuso recurso de apelación por la Admón. Concursal Pizarras Los Templarios, S.A. a la que se opuso la parte apelada.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia se señaló día para deliberación y fallo el día 17 de Mayo de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Recurso de la Administración Concursal

La administración concursal reproduce en su recurso los mismos motivos ya aducidos al oponerse a la demanda incidental promovida por la Tesorería General de la Seguridad Social y que se centran en lo siguiente: alegación de la excepción de cosa juzgada porque se están reclamando aquí los mismos conceptos si bien ampliados y que fueron objeto de reclamación en el incidente concursal nº. 965-08 en que se dictó sentencia el día 11 de junio de 2010. Discute la decisión que adopta el Juzgador en cuanto a la relevancia que otorga a las certificaciones administrativas a efectos de su inclusión en el concurso y calificación de los créditos correspondientes.

No ofrece duda la relevancia que tienen las certificaciones administrativas, en este caso de la Seguridad Social, a los efectos del reconocimiento de créditos y según lo dispuesto en 86.2 y, en su caso, la consideración de créditos contra la masa, art. 84.2...

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