STSJ La Rioja 306/2011, 12 de Julio de 2011
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2011:584 |
Número de Recurso | 154/2010 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 306/2011 |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑO NTENCIA: 00306/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº: 154/2010
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás
Magistrados:
Don Alejandro Valentín Sastre
Don Luis Loma Osorio Faurie
SENTENCIA Nº 306/2011
En la ciudad de Logroño a 12 de julio de 2011.
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, a instancia de DOHINA INVERSIONES Y NEGOCIOS, S.L., representada por la Procuradora Doña Emma Palacio Angulo, y asistido por la letrado Doña Julia Ajamil, siendo demandado el TRIBUNAL ECONÓMICOADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA, representado y defendido, a su vez, por el Señor Abogado del Estado.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo
contra la resolución del TEAR de fecha 29/3/2010.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 12 de julio de 2011, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS. - Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Señor Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.
Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la resolución del TEAR de fecha
29/3/2010 que desestima reclamación económico-administrativa interpuesta, frente al acuerdo de 20/04/09 del Inspector Regional de la Delegación Especial en La Rioja de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatorio de recurso de reposición interpuesto frente a liquidación del mismo órgano de 22/01/09, comprensiva de una deuda tributaria de 57.016,76 # (cuota de 47.145,57 # e intereses de demora de 9.871,19 #), resultante de acta de disconformidad A02-71489190 relativa a IVA-2004.
La parte demandante solicita que se dicte sentencia por la que estimando el recurso revoque la resolución recurrida y anule la liquidación practicada.
Es necesario enumerar con carácter previo al análisis de los motivos de impugnación planteados por el recurrente los siguientes antecedentes para una mejor comprensión de las cuestiones debatidas:
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DOHINA INVERSIONES Y NEGOCIOS S.L. fue constituida el 19 de noviembre de 2003 y su objeto social es la adquisición, venta y arrendamiento de bines rústicos y urbanos en cualquier forma admitida en derecho.
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El 3 de septiembre de 2004 adquirió una nave industrial por un precio de 291.914 #.
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El acto administrativo que confirma la resolución del TEAR es el acuerdo al acuerdo de 20/04/09 del Inspector Regional de la Delegación Especial en La Rioja de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatorio de recurso de reposición interpuesto frente a liquidación del mismo órgano de 22/01/09, comprensiva de una deuda tributaria de 57.016,76 porque niega a la actora la deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas en 2004 en la adquisición del pabellón industrial sito en el Polígono Lentiscares de Navarrete, por importe de 47.145,57 # y que fueron originariamente objeto de devolución, al no haber sido...
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