AAP Lleida 316/2011, 14 de Julio de 2011
Ponente | FRANCISCO SEGURA SANCHO |
ECLI | ES:APL:2011:400A |
Número de Recurso | 165/2011 |
Procedimiento | APELACIóN INSTRUCCIóN |
Número de Resolución | 316/2011 |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE LLEIDA
SECCIÓN 1
Rollo Apelación instrucción nº 165/2011
Juicio de faltas núm.:642/2010
Juzgado Instrucción nº 4 de Lleida
AUTO NÚM.: 316/2011
En la ciudad de Lleida, a catorce de julio de dos mil once.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, consitituida por mí, Francisco Segura Sancho Presidente de la Sección 1 ha visto, en grado de apelación constituido en Tribunal unipersonal, los autos de Juicio de Faltas núm.: 642/2010 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Lleida (ant.IN-9) y del que dimana el Rollo de Sala núm.:165/2011, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Inocencio, defendido por el Letrado D. Josep Olivart Salla, y en calidad de apelado Marí Luz, defendida por la Letrada Dª. Montse Paris Madrona; y el MINISTERIO FISCAL .
Por el Juzgado de Instrucción se dictó auto en fecha 3 de marzo de 2011 cuya parte dispositiva dice lo siguiente: " DISPONGO: DESESTIMAR el recurso de reforma interpuesto por la representación de D. Inocencio contra la resolución de este Juzgado de fecha en fecha 21 de septiembre de 2010, ESTIMANDO la impugnación del Ministerio Fiscal y de la defensa de la denunciada, confirmando dicha resolución, y ordenando que continúe el procedimiento tramitándose por el presente juicio de faltas", contra el que se interpuso recurso de de apelación mediante escrito del que se dio traslado a las partes contrarias para impugnación o adhesión, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo solicitando la íntegra confirmación de la resolución recurrida.
Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial Sección Primera, que acordó formar rollo y designar Magistrado competente para conocer del recurso, al que pasaron las actuaciones para dictar la resolución correspondiente.
Accede a ésta alzada el recurso interpuesto por el denunciante contra la resolución judicial de instancia en cuya virtud se acordó desestimar el previo recurso de reforma interpuesto contra el auto de incoación que dio lugar a la formación del presente procedimiento al entender que los hechos denunciados, lejos de constituir una mera falta de injurias, constituyen e integran nada menos que un delito de denuncia falsa así como otro de simulación de delito, además de constituir un delito de injurias, motivo por el que interesa...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba