SAP Murcia 359/2011, 6 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 359/2011 |
Fecha | 06 Julio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00359/2011
Rollo nº 687/10
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Martínez Pérez
D. Juan Antonio Jover Coy
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a seis de julio de dos mil once.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 324/2009, -rollo nº 687/2010-, entre las partes, actora D. Bartolomé, mayor de edad, vecino de Murcia, con domicilio en Santo Angel, calle DIRECCION000 nº NUM000, con D.N.I. nº NUM001, representado por el Procurador Sr. Jiménez Cervantes Nicolás y dirigido por el Letrado Sr. Sánchez García; y demandada, D. Inocencio, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM002, en rebeldía. Versando sobre acción de responsabilidad de Administrador de Sociedad Limitada.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Bartolomé contra la sentencia de 27 de enero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que desestimando íntegramente el suplico de la demanda promovida por la mercantil Bartolomé, representada por el Procurador Sr. JIMÉNEZ CERVANTES y defendida por el Letrado Sr. SANCHEZ GARCIA, contra D. Inocencio, declarado en rebeldía, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones formuladas en su contra, con imposición a la parte actora de las costas causadas".
Contra dicha sentencia interpuso D. Bartolomé recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.
Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 687/2010, y se señaló el 5 de julio de 2011 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Bartolomé interpuso demanda de Juicio Verbal...
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