STSJ Andalucía 1938/2011, 19 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1938/2011 |
Fecha | 19 Septiembre 2011 |
SECCIÓN SEGUNDA
RECURSO 2895/2004
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SENTENCIA NÚM. 1.938 DE 2.011
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Ilmo. Sr. Presidente
D. Rafael Toledano Cantero
Ilmos. Sres. Magistrados
D. José Antonio Santandreu Montero
D. Federico Lázaro Guil
D. Rafael Ruiz Álvarez
En la ciudad de Granada, a diecinueve de septiembre de dos mil once. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2895/2004, seguido a instancia de DON Anibal, que comparece representado por la Procuradora doña María Fidel Castillo Funes y asistido de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 4.769,55 euros.
El recurso se interpuso el día 23 de diciembre de 2004, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 24 de septiembre de 2004, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta por don Anibal contra la liquidación número NUM001 girada a su cargo por la Oficina Liquidadora de Baza, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por importe de 4.769,55 euros. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando la resolución recurrida.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución.
Al no solicitarse prueba distinta a la documental del expediente administrativo y no habiendo solicitado las partes la celebración de vista pública ni conclusiones escritas, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó declarar conclusas las actuaciones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso. Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero, Presidente de la Sala.
El recurso se dirige contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 24 de septiembre de 2004, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta por don Anibal contra la liquidación número NUM001 girada a su cargo por la Oficina Liquidadora de Baza, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por importe de 4.769,55...
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