SAP Madrid 432/2011, 28 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 432/2011 |
Fecha | 28 Septiembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00432/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 21
1280A
C/ FERRAZ, 41
Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874
N.I.G. 28000 1 7004357 /2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 273 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 25 /2008
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID
Ponente:ILMA. SRA. Dª Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
PL
De: REOBRAS, RECONSTRUCCIONES Y OBRAS
Procurador: EMILIO GARCÍA GUILLÉN
Contra: HORMIGONES PROYECTADOS MADRID S.L.
Procurador: MARIA SILVIA HERNANDEZ-GIL GOMEZ
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL
Dª ROSA Mª CARRASCO LÓPEZ
Dª Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
En Madrid, a veintiocho de septiembre de dos mil once. La Sección Vigésimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 25/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante- demandada Edificaciones e Infraestructura S.A., y de otra, como apelada-demandante Hormigones Proyectados Madrid S.A.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
-
ANTECEDENTES DE HECHO La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid, en fecha 2 de enero de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por HORMIGONES PROYECTADOS MADRID S.A. representada por la procurador de los Tribunales Dª Silvia Hernández Gil Gómez, contra la entidad EDIFICACION E INFRAESTRUCTURA S.A., y que versa sobre reclamación de cantidad debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de TREINTA MIL DOSCIENTOS DIEZ EUROS CON DIECISIETE CENTIMOS DE EURO, (30.210,17), de principal, más DOS MIL CIENTO DOS EUROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS DE EURO, (32.313,10) más intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, y todo ello con imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte demandada.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de 20 de julio de 2011, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 27 de septiembre de 2011.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida en tanto que no se opongan a los siguientes.
La representación de la entidad Hormigones Proyectados Madrid S.L formuló demanda de juicio ordinario contra la mercantil Edificación e Infraestructura S.A., actualmente Reobras, Reconstrucciones y Obras S.A., reclamando a la misma cierta cantidad que mantenía le adeudaba, en concepto de precio, como consecuencia de ciertos trabajos realizados por encargo de la misma en un edificio sito en la Plaza de Reverencia número 1 de Madrid, habiendo presentado su demanda ante el Decanato de los Juzgados de 1ª Instancia de Madrid con fecha 17 de Diciembre de 2007.
El día 24 de Enero de 2008, y antes de haberse procedido a efectuar el emplazamiento de la entidad en la litis demandada, emplazamiento que se realizó con fecha 15 de Febrero de 2008 (folio 55), Hormigones Proyectados Madrid S.L presentó escrito manifestando le había sido ingresado por la entidad Edificación e Infraestructura S.L la suma de 30.210,17 #, y ello con fecha 31 de Diciembre de 2007.
Por Providencia de fecha 10 de Abril de 2008 se declaró en rebeldía a Edificación e Infraestructura
S.L (folio 67), actualmente Reobras, Reconstrucciones y Obras S.A., quien posteriormente se personó en el procedimiento, compareciendo la misma, así como igualmente la parte actora en la litis, al acto de la Audiencia Previa celebrado el día 29 de Mayo de 2008, en el que tras afirmarse y ratificarse la parte actora en sus pretensiones y solicitar el recibimiento a prueba, la parte demandada reconoció haber adeudado el importe que como principal se le había reclamado, alegando no haberlo hecho efectivo por problemas económicos, si bien mantuvo que tan pronto recibió requerimiento de la parte actora a fin de que le abonara lo adeudado,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba