STSJ Asturias 1039/2011, 20 de Octubre de 2011

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2011:3727
Número de Recurso1653/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1039/2011
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 01039/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO: P.O. 1653/09

RECURRENTE: HIDROASTUR S.A.

PROCURADOR: DÑA. CARMEN CERVERO JUNQUERA

RECURRIDO: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO

SR. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA nº 1039/11

Ilmos. Sres:

Presidente:

  1. Luis Antonio Querol Carceller

    Magistrados:

  2. Antonio Robledo Peña

    Dña. Olga González Lamuño Romay

    En Oviedo, a veinte de octubre de dos mil once.

    La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1653/09 interpuesto por HIDROASTUR S.A., representada por la Procuradora Dña. Carmen Cervero Junquera, actuando bajo la dirección Letrada de D. Armando Álvarez Fuego, contra la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, representado por el Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Dña. Olga González Lamuño Romay.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda, y en cuya virtud se revoque la resolución recurrida con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 6-5-2010, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente el día 18 de octubre pasado en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la parte recurrente en el presente recurso contencioso administrativo la resolución dictada el día 3 de julio de 2009 por la confederación Hidrográfica del Cantábrico, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra anterior resolución de fecha 13 de marzo de 2009 por la que se deniega la prórroga para ejecución de obras para el aprovechamiento de concesión de aguas en los ríos San Isidro, Alba y Pinos, en el término municipal de Aller (Asturias) así como la incoación de expediente de extinción de concesión. Con la demanda presentada se solicita se dicte sentencia por la que se decrete:

  1. La anulación de las siguientes resoluciones administrativas objeto de recurso, dictadas todas ellas en el Expediente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico:

    - Resolución de fecha 13 de marzo de 2009 en la que se deniega la prórroga para la ejecución de obras para el aprovechamiento de aguas de los ríos San Isidro, Alba y Pinos en el término municipal de Aller (Asturias)

    - Acuerdo de fecha 3 de julio de 2009 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución indicada en el apartado anterior.

  2. Que como reconocimiento de una situación jurídica individualizada se declare el derecho de la recurrente a disponer de prórroga para la ejecución de obras para el aprovechamiento de concesión de aguas de los ríos San Isidro, Alba y Pinos en el término municipal de Aller (Asturias).

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