STSJ Galicia 1008/2011, 27 de Octubre de 2011
Ponente | CRISTINA MARIA PAZ EIROA |
ECLI | ES:TSJGAL:2011:8466 |
Número de Recurso | 4275/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1008/2011 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 01008/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 2ª
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚMERO 4275/2008
EN NOMBRE DEL REY
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
ILMOS. SRS.
Don José Antonio Méndez Barrera
Don José María Arrojo Martínez
Doña Cristina María Paz Eiroa
En la ciudad de A Coruña, a veintisiete de octubre de dos mil once .
Vistos los autos de recurso ordinario seguidos ante esta Sala con el número 4275/2008, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso - administrativa, que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido el procurador don Luis Sánchez González, en nombre y representación de la entidad BACORIÑO, S.L., don Fernando, don Jorge y don Onesimo, en relación con la Orden del 3 de octubre de 2007 sobre aprobación definitiva de forma parcial del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña), con la publicación de la normativa de la Revisión del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, y con la Orden del 1 de septiembre de 2008 sobre aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña).
El procurador don Luis Sánchez González, en nombre y representación de la entidad BACORIÑO, S.L., don Fernando, don Jorge y don Onesimo, interpuso ante esta Sala recurso contenciosoadministrativo en relación con la Orden del 3 de octubre de 2007 sobre aprobación definitiva de forma parcial del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña), con la publicación de la normativa de la Revisión del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, y con la Orden del 1 de septiembre de 2008 sobre aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña), por medio de escrito de fecha 26 de diciembre de 2007, que se tuvo por interpuesto por providencia de fecha 2 de junio de 2008 por la que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.
Habiéndose recibido y examinado el expediente, por diligencia de fecha 20 de octubre de 2009 se acordó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por el procurador don Luis Sánchez González, en la representación dicha, escrito de demanda con fecha 29 de marzo de 2010 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba la anulación, total o subsidiariamente parcial "en lo que afecta a las parcelas titularidad de los recurrentes clasificadas como suelo rústico de protección ordinaria (Ordenanza
15) y al ámbito de zona deportiva extensiva de sistema general (ZD-7); y en su caso en el sentido de incluir las citadas parcelas en la clasificación de suelo urbanizable no delimitado anexa, y subsidiariamente, que no sean calificadas como zona deportiva (ZD-7), y subsidiariamente, que no sean objeto de expropiación; ello en aplicación de la Ley y de los criterios fijados por el Avance de la revisión y establecidos en la memoria de ordenación que le ha servido de motivación. / Todo ello con expresa imposición de costas a la Administración demandada" de las órdenes recurridas; y habiéndose acordado, en virtud de diligencia de fecha 5 de abril de 2007, el traslado de la misma a la parte demandada, para que la contestase en el plazo de veinte días.
El Letrado de la Xunta de Galicia, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación con fecha 5 de mayo de 2010 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de derecho que estimaba oportunos, suplicaba que se "dicte sentencia desestimando íntegramente la demanda por ajustarse a Derecho el acto impugnado"
; habiéndose ordenado también el traslado de la demanda a la codemandada, y presentado escrito por el procurador don José Antonio Castro Bugallo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela suplicando que "se desestime el recurso, declarando la conformidad por ajustada a Derecho de la Resolución recurrida, con la subsiguiente imposición de costas a la recurrente" .
Por auto de 27 de septiembre de 2010, se acordó el trámite de conclusiones; habiéndose presentado escrito de conclusiones por las partes que fue unido a los autos. Por providencia de 25 de abril de 11, se declararon conclusos los autos para sentencia, pendientes de votación y fallo que se efectuó por providencia de de septiembre de 2011 señalando el día 15 del mismo mes y año para la votación y fallo.
En la...
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STS, 16 de Junio de 2014
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