STSJ Castilla y León 2355/2011, 25 de Octubre de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 25 Octubre 2011 |
Número de resolución | 2355/2011 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 02355/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
VALLADOLID
N56820
C/ ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 33 3 2011 0100889
Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000251 /2011 Dimanante del Procedimiento Ordinario nº 443/10 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO 1 DE ZAMORA
Sobre: SEGURIDAD SOCIAL
De DIRECCION TERRITORIAL INSPECCION DE TRABAJO Y S.S DE VALLADOLID
Representación ABOGADO DEL ESTADO
Contra TRANSPORTES CAÑIZARES CABALLERO S.L
Representación Dª. MARIA DEL MAR TERESA ABRIL VEGA
SENTENCIA Nº 2355
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE DE SECCION:
Dª. ANA Mª MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
D. FELIPE FRESNEDA PLAZA
En Valladolid, a veinticinco de octubre de dos mil once
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 25 de enero de 2010 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora en el Procedimiento Ordinario nº 443/10 .
Son partes en dicho recurso:
Como apelante: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado. Como apelada: TRANSPORTES CAÑIZARES CABALLERO, S.L., representada por la procuradora Sra. Abril Vega bajo dirección de Letrado.
Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Zamora se dictó sentencia, en el recurso antes indicado, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando el presente recurso contenciosoadministrativo nº P.O. 443/2010 interpuesto por la entidad TRANSPORTES CAÑIZARES CABALLERO, S.L., frente a la resolución de 16 de febrero de 2009, dictada por la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Castilla y León, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la recurrente frente a la resolución dictada por la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Zamora de fecha 18 de noviembre de 2008, que eleva a definitiva el Acta de liquidación nº 492008008003654 por importe de 93.928,75 euros y confirma el Acta de Infracción nº 149200800021362 por importe de 3126 euros; Debo declarar y declaro que la resolución recurrida no es ajustada a Derecho, dejando la misma sin efecto con todos los efectos legales inherentes a tal declaración. Todo ello sin que proceda establecer una especial condena en costas".
Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la Abogacía del Estado recurso de apelación del que, una vez admitido, se dio traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición al mismo.
Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación. Declarada conclusa la presente apelación se señaló para votación y fallo el día 20 de septiembre de 2011, suspendiéndose el plazo para dictar sentencia mediante providencia de esa misma fecha, al someterse a las partes, al amparo de lo dispuesto en el art. 33.2 de la Ley reguladora de esta Jurisdicción 29/1998 por plazo común de diez días sobre la cuestión relativa a la posible inadmisibilidad del recurso por no alcanzar la cuantía mínima exigible.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA Mª MARTÍNEZ OLALLA.
Se impugna en el presente recurso de apelación por la Abogacía del Estado la sentencia de 25 de enero de 2010 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora en el Procedimiento Ordinario nº 443/10, por la que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad TRANSPORTES CAÑIZARES CABALLERO, S.L., se anula la resolución de 16 de febrero de 2009, dictada por la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Castilla y León, que desestima el recurso de alzada interpuesto por la recurrente frente a la resolución dictada por la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Zamora de fecha 18 de noviembre de 2008, que eleva a definitiva el Acta de liquidación nº 492008008003654 por importe de...
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