STSJ Castilla y León 2478/2011, 28 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2478/2011
Fecha28 Octubre 2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 02478/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SEDE DE VALLADOLID

- N56820

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2011 0100983

Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000262 /2011

Sobre: EXTRANJERIA

De D./ña. Olga

Representación D./Dª. MARIA DOLORES DIAZ-ALEJO RODRIGUEZ

Contra D./Dª. SUBDELEGACION DEL GOBIERNO DE SALAMANCA

Representación D./Dª.

SENTENCIA NÚM. 2478.

ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

D. AGUSTÍN PICÓN PALACIO.

Dª. MARÍA ANTONIA DE LALLANA DUPLÁ.

D. FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ.

En Valladolid, a veintiocho de octubre de dos mil once.

Visto por esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el recurso de apelación obrante en los presentes autos, que llevan el núm. 262/2011 de los de este Tribunal, y que se corresponden con el proceso seguido, con el núm. 266/2009, en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Salamanca; y en cuya segunda instancia han intervenido como partes: de una y en concepto de apelante, DOÑA Olga, defendida por la Letrada doña María Luisa Rodeles del Pozo y representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores Díez-Alejo Rodríguez; y de otra, y en concepto de apelado, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, defendida y representada por la Abogacía del Estado; sobre extranjería (concesión de permiso de residencia permanente) ; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don AGUSTÍN PICÓN PALACIO, quien

expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo se dictó sentencia definitiva, en cuya parte dispositiva se lee: "FALLO.-Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Letrado D. JOSÉ IGNACIO RUBIO GONZÁLEZ, en nombre y representación de Olga, nacional de Senegal, contra la Resolución de 24 de abril de 2009 del Delegado del Gobierno en Castilla y León por la que se desestima el recurso de Alzada interpuesto por la recurrente frente a la Resolución de 12 de enero de 2009 dictada por el Subdelegado del Gobierno en Salamanca por la que se acuerda denegar la solicitud de Autorización de Residencia permanente formulada por Olga ; debo declarar y declaro que la resolución impugnada es conforme con el ordenamiento Jurídico. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas en este procedimiento a ninguna de las partes..-MODO DE IMPUGNAR ESTA RESOLUCIÓN: mediante RECURSO DE APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS, por escrito presentado en el Juzgado en el plazo de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a su notificación (artículo 81.1 de la LJCA ).- Así por esta mi Sentencia de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.".

Segundo

Notificada que fue la anterior resolución a los interesados, por la representación procesal de la parte actora se preparó e interpuso contra la misma recurso de apelación, el cual fue admitido a trámite en ambos efectos, por lo que, tras dar oportunidad de ser impugnado, se remitieron los autos originales a este Tribunal.

Tercero

En esta instancia, donde se señaló para votación y vista el día veintisiete de octubre de dos mil once, se han observado, substancialmente, todos los requisitos procesales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Se impugna por la demandante en este recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado a quo que desestimó sus pretensiones impugnatorias de la Resolución de 24 de abril de 2009 de la Delegación del Gobierno en Castilla y León por la que, a su vez, se desestimó el previo recurso de alzada interpuesto por la recurrente frente a la Resolución de 12 de enero de 2009, dictada por la Subdelegación del Gobierno en Salamanca, por la que se acordaba denegar la solicitud de autorización de residencia permanente formulada por doña Olga . La recurrente en apelación considera que dichas resoluciones dictadas tanto en vía judicial como administrativa, no son ajustadas a derecho, al haber apreciado incorrectamente la sanción penal de que fue objeto y pide, por ello, su revocación, al tiempo que insta el reconocimiento de su situación jurídica individualizada a la concesión del permiso pedido. La representación procesal de la administración demandada pide la confirmación de la sentencia de instancia, al entender que la misma es ajustada a derecho.

  2. La figura de la en su momento denominada residencia permanente -hoy, residencia de larga duración- se definía en el artículo 32 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y se regulaba en los artículos 72 a 74 del el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR