AAP Madrid 1193/2011, 23 de Noviembre de 2011

PonenteMARIA DEL ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ
ECLIES:APM:2011:14427A
Número de Recurso900/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución1193/2011
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

AUTO: 01193/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

S E C C I O N 24ª

Rollo nº : 900/11

Autos : 1303/08

Procedencia : Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Madrid

Apelante: Dª. Apolonia

Procurador: Dª. SILVIA AYUSO GALLEGO

Ponente. Ilma. Sra. Dª ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

A U T O Nº 1193

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

EN MADRID, A VEINTITRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24 de ésta Audiencia Provincial, los autos número 1303/08, sobre Ejecución procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 28 de Madrid y seguidos entre partes.

De una parte como apelante Dª. Apolonia, representada por la Procuradora Dª. SILVIA AYUSO GALLEGO.

Siendo Ponente la Magistrado de la Sala la Ilma. Sra. Dª. ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, que muestra el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta ya tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que con fecha 6 de mayo de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Madrid, se dictó auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se acuerda, desestimar íntegramente el recurso de reposición presentado por procuradora Sra. Ayuso Gallego, en nombre y representación de Dª. Apolonia, contra la providencia de fecha quince de abril de los corrientes que se confirma en todos sus extremos, sin que proceda la imposición de costas a ninguna de las partes. Firme la presente resolución, procédase al archivo definitivo de los autos." TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª. Apolonia, en base a las alegaciones contenidas en su escrito de fecha 30 de mayo de 2011. Sin que la contraparte hiciera alegación alguna, ni se opusiera al mismo.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Insiste en la alzada la representación procesal de Dª . Apolonia en su pretensión desestimada en la instancia en virtud de auto de 6 de mayo de 2.011, de que se tasen las costas devengadas en el proceso de ejecución seguido por las actualizaciones de pensión compensatoria a cargo de la adversa, y tal pretensión no puede obtener de la Sala favorable acogida, toda vez que en el supuesto de autos, se ha tramitado un proceso de familia, si bien en fase de ejecución de una sentencia de separación consensuada, y en todos los de dicho carácter es criterio...

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