STSJ Galicia 1058/2011, 19 de Octubre de 2011
Ponente | JOSE RAMON CHAVES GARCIA |
ECLI | ES:TSJGAL:2011:7846 |
Número de Recurso | 585/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1058/2011 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.1
A CORUÑA
SENTENCIA: 01058/2011
PONENTE: D./Dª JOSE RAMON CHAVES GARCIA
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000585 /2009
RECURRENTE: Carlos María
ADMINISTRACION DEMANDADA: CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA
EN NO MBRE DEL REY
La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos./as. Sres./as. D./Dª
FERNANDO SEOANE PESQUEIRA
DOLORES RIVERA FRADE
JOSE RAMON CHAVES GARCIA
A CORUÑA, diecinueve de Octubre de dos mil once.
En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0000585 /2009, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por D./Dª Carlos María, representado/a por el/la procurador/a D./Dª JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO, dirigido/a por el/la letrado/a D./Dª MARIA JOSE LISTE LOPEZ, contra DESESTIMACIÓN PRESUNTA CONSELLERÍA EDUCACIÓN DE RECURSO ALZADA INTERPUESTO CONTRA PRUEBA FASE OPOSICIÓN PROCESO SELECTIVO CONVOCADO ORDEN 9/4/08 DE CONVOCATORIA PROCESOS SELECTIVOS ACCESO CUERPO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA. Es parte la Administración demandada el/la CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, representado/a por el/la LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.
Es ponente el/la Ilmo./a. Sr./a. D./Dª JOSE RAMON CHAVES GARCIA.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en el que en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia por la que se estime íntegramente la demanda, conforme a lo solicitado en el suplico de la misma.
Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la/s contestación/ones de la demanda.
No habiéndose recibido el recurso a prueba en los presentes autos y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.
Es objeto de impugnación la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto el 24 de Julio de 2008 contra la prueba de la fase de oposición del proceso selectivo convocado por Orden de 9 de Abril de 2008 para acceso a cuerpos de profesores de enseñanza secundaria para funcionarios y funcionarias de los cuerpos y escalas docentes clasificados en el subgrupo A2 en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La demanda se asienta sobre la nulidad de pleno derecho de la decisión del Tribunal calificador de aplicar la base de la convocatoria que limita la extracción de bolas o temas a 8 en vez de 9 por el hecho de resultar la especialidad a la que opta la de Tecnología, desde su titulación de ingeniero técnico. Considera el recurrente que la diferencia de las bases a la hora de extraer un tema entre ocho en vez de nueve lo coloca en una situación de desigualdad respecto al...
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