STSJ Castilla y León 418/2011, 18 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución418/2011
Fecha18 Octubre 2011

SENTENCIA DE APELACIÓN

En la ciudad de Burgos, a dieciocho de Octubre de dos mil once.

La Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Burgos, ha visto en grado de apelación, el Rollo de Apelación Número 64/2011, interpuesto contra sentencia nº 97 de fecha 14 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Burgos, en el Procedimiento Ordinario nº 156/2009, habiendo sido partes en esta instancia, como apelante Iberdrola Renovables Castilla y León, representada por la Procuradora Dñª Elena Cobo de Gúzman y defendida por la letrada Dñª Beatriz Ruiz Herrero y como parte apelada el Ayuntamiento de Sasamón (Burgos), representado por la procuradora Dñª Mecedes Manero Barriuso y defendo por el letrado D. Francisco Javier Gómez Ibarra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Burgos, en el proceso indicado, dictó sentencia con fecha 14 de Febrero de 2011 cuya parte dispositiva dispone: Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Iberdrola Renovables de Castilla y León contra el Acuerdo del Pleno de Sasamón de 12 de agosto de 2009, por el que se estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo del Pleno de 22 de mayo de 2009 por el que se liquida el ICIO por importe de 971.718,82 euros en relación con la construcción e instalación del Parque Eólico "Fuente Salada", y todo ello sin realizar especial pronunciamiento respecto de las costas.

SEGUNDO

Contra dicha resolución por la parte recurrente, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido e impugnado por la parte recurrida, y remitidos los autos a esta Sala, se señaló para votación y fallo el día 6 de octubre de 2011.

TERCERO

En la tramitación del recurso en ambas instancias se han observado las prescripciones legales pertinentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de 14 de febrero de 2011 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos desestima la demanda interpuesta por Iberdrola Renovables de Castilla y León contra el Acuerdo del Pleno de Sasamón de 12 de agosto de 2009 por el que se estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto contra el anterior Acuerdo de 22 de mayo de 2009 por el que se liquida el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 971.718,82 euros en relación con la construcción e instalación del Parque Eólico "Fuente Salada"

La Sentencia recurrida, con cita de determinada jurisprudencia y, en especial, en aplicación de la doctrina legal fijada por el Tribunal Supremo en la Sentencia de 14 de mayo de 2010, considera que tanto las instalaciones eléctricas como los aerogeneradores cumplen con los requisitos exigidos para que integren la base imponible del impuesto, a saber, ser necesarios para la captación de energía y carecer de singularidad e identidad propia, diferenciada de la construcción.

SEGUNDO

La parte actora en la instancia interpone recurso de apelación para que, revocándose la Sentencia dictada en la instancia, se anule el acto administrativo impugnado, y, alega, en esencia, que se ha infringido el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales y la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2010, considerando que no deben de integrar la base imponible del impuesto los siguientes elementos: la torre meteorológica, los aerogeneradores y las instalaciones eléctricas.

El Ayuntamiento de Sasamón, por su parte, ha interesado la desestimación del recurso de apelación interpuesto con base en la aludida Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2010, tal y como la ha aplicado al caso concreto el Juzgador a quo.

TERCERO

El punto de partida para el análisis del presente recurso de apelación debe de ser la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2010 que fija la doctrina legal aplicable al caso que nos ocupa y que pretende poner fin a la disputa de qué elementos debían integrar la base imponible del impuesto.

Con arreglo a la parte dispositiva de la misma "Forma parte de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, regulado en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en el supuesto de instalación de parques eólicos el...

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